Sesión SCJN 8/05/2014: Plazo de ofendidos para presentar amparo II.

#SCJN se discutió el fondo de la Contradicción de Tesis 26/2014, cuyo proyecto de resolución estuvo a cargo de la #MinSánchez . Este asunto trató sobre los plazos que tienen las víctimas u ofendidos para presentar un juicio de #amparo en contra de condenas absolutorias a favor de los imputados de un proceso penal. La Ministra Sánchez propuso que el plazo que le corresponde a las víctimas u ofendidos para presentar un amparo en contra de este tipo de sentencias es de 15 días, es decir el plazo genérico contenido en el artículo 17 de la nueva #LeyAmparo. Esta propuesta  fue modificada para introducir un matiz propuesto por el #MinPardo sobre el inicio del computo del plazo de 15 días para presentar amparo, en el que se considera que es aplicable plazo de antigua ley de amparo en caso de haberse dictado la sentencia antes de la entrada en vigor de la nueva ley de amparo. Así, el proyecto modificado  fue aprobado de forma unánime por el pleno de la SCJN. La #MinLuna y #MinAguilar quisieron introducir a la discusión el tema de la legitimación de la víctima para presentar este tipo de amparos, pero no prosperó su propuesta. A raíz de esta decisión, se aprobó de forma unánime declarar inexistentes las contradicciones de tesis siguientes que trataban este tema, pues con la decisión se fijaba precedente sobre los plazos con los que cuentan victima u ofendidos para presentar un juicio de amparo en contra de una sentencia penal absolutoria.]]>

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