Presupuesto de Egresos de la Federación 2016 y las políticas judiciales

Proyecto de PEF para el ejercicio fiscal 2016 (PPEF 2016) enviado por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados, este ramo presupuestal contempla recursos por $68,116.3 millones de pesos distribuidos de la siguiente manera: Captura de pantalla 2015-09-17 14.27.28 De acuerdo con los artículos 99 y 100 constitucionales, estos presupuestos son determinados por cada uno de los órganos jurisdiccionales y son enviados por el Presidente de la SCJN al Poder Ejecutivo para ser incluidos en el PPEF. De acuerdo con la Estrategia Programática del Ramo Poder Judicial, el PPEF 2016 contó con la aprobación de los tres órganos que lo conforman. Lamentablemente, esta Estrategia se fundamenta en obligaciones constitucionales generales que no dan claridad sobre las justificaciones específicas del presupuesto del Poder Judicial o con frases que rayan en verborrea del tipo: El presupuesto solicitado contempla que el desarrollo de la actividad jurisdiccional se efectúe con esquemas de racionalidad y eficacia, que impulsen y potencien la aplicación de las asignaciones, bajo una metodología de presupuestación y gasto que permite revaluar las actividades institucionales, identificando los recursos estrictamente necesarios para brindar el servicio de impartición de justicia que la sociedad demanda.[1] Estas frases carentes de significado real no dan cuenta de las necesidades de gasto o estrategias administrativas que llevan al Poder Judicial a pedir un aumento más del 30% respecto al presupuesto asignado para 2015. Captura de pantalla 2015-09-17 14.27.40 Sin embargo, la mencionada estrategia programática resulta un documento importante porque revela la existencia de un Plan de Desarrollo Institucional 2015-2018 del Consejo de la Judicatura Federal y un conjunto de políticas judiciales que al parecer ya se están llevando a cabo hacia el interior del Poder Judicial y que probablemente podrían explicar ese considerable aumento. Utilizo el verbo revelar porque ese Plan de Desarrollo Institucional 2015-2018 que se menciona en la Estrategia (página 20 de 67) parecería un documento filtrado pues no se ha dado a conocer públicamente en ningún acto oficial, no hay boletín de prensa en el que se mencioné la publicación de este plan, no hay acuerdo del CJF en el que conste y no se encuentra en la página web del Consejo. Tampoco encontramos referencia a dicho plan o a políticas judiciales en los informes del Presidente de la SCJN hasta 2014. Sin embargo, en 2015 ese Plan y las políticas judiciales establecidas en él son las bases del presupuesto solicitado por el CJF. Si recordamos, el Presidente actual de la SCJN entró en funciones en enero de este año después de una votación que puso en evidencia la división existente al interior del Pleno. Para dicha elección, cada uno de los aspirantes tuvo que presentar un programa de trabajo. Al revisar el programa de trabajo presentado por el Ministro Luis María Aguilar, actual Presidente de la SCJN, encontramos la propuesta de un Plan de Desarrollo Institucional para el CJF que se basa en 9 políticas judiciales, cada una con estrategias descritas de forma general y con objetivos específicos. Este plan de trabajo fue presentado en diciembre de 2014. Al día de hoy, ese programa de trabajo al parecer se convirtió en el Plan Institucional de Desarrollo del Poder Judicial y recibirá recursos de acuerdo con cada una de las políticas judiciales que ahí se establecen[2]: Captura de pantalla 2015-09-17 14.27.55 Más allá del programa presentado por el Ministro Luis María Aguilar en diciembre de 2014 y lo que se dice sobre este plan en el PPEF 2016 no existe un documento oficial que nos dé información más amplia: no sabemos si es exactamente el mismo plan presentado en 2014 o si se modificó, y si fue así cómo se elaboró la versión definitiva; tampoco sabemos cuál fue el diagnóstico del cual partió; qué indicadores se establecieron para su medición o porqué se pide tal cantidad de presupuesto para cada una de ellas; no sabemos en qué acciones concretas consisten ni qué se espera de ellas; nada de eso. Lo único que sabemos es que esas políticas llevan el día de hoy a solicitar un presupuesto de $60,372.1 millones de pesos. Podemos considerar un avance la existencia de un Plan de Desarrollo Institucional para el Poder Judicial y que éste considere políticas judiciales. Lo que es un grave retroceso es la oscuridad en torno a su elaboración e implementación y que no haya sido publicitado o discutido con sectores importantes como la academia y la sociedad civil. Es un plan de desarrollo desconocido, no hay causales que expliquen los montos destinados o el aumento en el presupuesto solicitado por el Consejo de la Judicatura Federal. La falta de discusión colegiada respecto al diseño de estas políticas puede generar problemas graves respecto a la forma en la que está ejerciendo el presupuesto y medir los avances. Por ejemplo, pensemos en la política judicial de implementación de la reforma en derechos humanos que recibe una cantidad de presupuesto importante. Esta cantidad de recursos puede ser inútil si un órgano jurisdiccional mayor toma una decisión judicial restrictiva en materia de derechos humanos (ver contradicción de tesis 293/2011 por lo que se refiere a las restricciones constitucionales y el Expediente Varios 1396/2011). En otras palabras, no hay política pública en materia de implementación de la reforma en derechos humanos que tenga éxito cuando se imponen como obligatorios criterios jurisprudenciales adversos a este nuevo paradigma. Una política judicial que pretenda la implementación de la reforma de derechos humanos sin discutir de fondo estos obstáculos, se vuelve un mero discurso y los recursos destinados a ella, inútiles. Por ello resulta fundamental que las políticas judiciales se discutan abiertamente, que conozcamos sus diagnósticos y metodologías, que participe la sociedad y la academia, que tengan indicadores claros respecto qué se espera de cada una de ellas para no gastar recursos sin objetivos claros sobre todo cuando esos recursos van en aumento considerable. Con esta obscuridad y falta de apertura en la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional, el Poder Judicial de la Federación va justo en contra de eso que pretende afirmar: “que el Consejo de la Judicatura Federal…avanza en una cercanía cada vez más auténtica con la ciudadanía haciendo de la justicia un sistema integral” (p. 28 de 67 de la Estrategia). Falso. Hacer un plan o políticas para la impartición de justicia con tal opacidad y solicitar para ello un presupuesto considerablemente más alto, es alejarse de ella y hacer de la justicia un sistema opaco. [1] Estrategia programática Ramo 03 Poder Judicial. Tomo II. Ramos Autónomos. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016. http://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF/2016/docs/03/r03_ep.pdf p. 3 de 67. [2] Fuente. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación Ejercicio Fiscal 2016. Disponible en: http://www.ppef.hacienda.gob.mx/ En particular, para la elaboración de este cuadro se utilizó el Tomo II. Ramos Autónomos. Ramo 03 Poder Judicial Estrategia programática: http://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF/2016/docs/03/r03_ep.pdf]]>

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