Sesión 26/09/16: Acción de Inconstitucionalidad 55/2016 “Sesión en Materia Electoral sobre la Constitución Política de Nayarit” 2da Parte

  • Se declaró la validez de artículos sobre la homologación de elecciones federales y locales para el año 2021. Al respecto, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea argumentó: “Siempre que hay una elección federal, por lo menos debe de haber una local. No hay razón constitucional para que un Estado no siga disposiciones constitucionales.”
    • La invalidez de las disposiciones sobre la integración de la Cámara de Diputados, pues por una mala técnica legislativa, quedaba poco claro el número total de diputados plurinominales. Señalaron que la expresión de “Hasta 12 diputados de representación proporcional” era ambigua. La ministra Norma Lucía Piña Hernández mencionó: “Se declaró fundado el principio de invalidez. Hay indefinición en número de integrantes que conformarán el Congreso de Nayarit.
    • Se eliminó el requisito geográfico, el cual estipulaba que un candidato a diputación local estaba obligado a residir en el municipio del distrito por lo menos 5 años previos a la elección. Esto porque ministros consideraron que la norma limitaba el derecho a ser votados. El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea indicó:Es excesivo porque es el mismo plazo de residencia para ser diputado que para gobernador. Sí se obstaculiza ser diputado mediante requisito de residencia.”
    Asimismo, notaron la falta de correspondencia entre distritos y municipios, lo que condicionaba aún más la posibilidad de aspirar a una diputación. Los ministros se posicionaron a favor de que cada entidad federativa para configurar libremente sus legislaturas. El ministro José Ramón Cossío Díaz apuntó: “No nos corresponde configurar el número de Diputados . Hay libertad de configuración a nivel de legislaturas.” A lo que la ministra Norma Lucía Piña Hernández añadió: “Las entidades federativas pueden tener libre configuración siempre y cuando sigan normas mínimas de la regla fundamental.”]]>

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