Sesión 31/05/16: "Facultades Concurrentes" Controversia Constitucional 50/2012 y 60/2016

En sesión ordinaria del 31/05/2016, el Pleno de la @SCJN estudió, y dejó pendiente de resolver, las Controversias Constitucionales 50/2012 y 60/2012, promovidas respectivamente por los Municipios de Querétaro y El Marqués, ambos del Estado de Querétaro, en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la misma Entidad Federativa. En términos generales, el fondo del asunto versa en torno a las competencias que el Código Urbano del Estado de Querétaro, la Ley General de Asentamientos Humanos y el artículo 115 (en donde se encuentra regulado el régimen de competencias, facultades y atribuciones de los Municipios libres y autónomos) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, le han conferido al Estado y a los Municipios para decidir respecto de los asuntos relativos a la disposición integral del territorio.

            El proyecto, bajo la ponencia del Ministro @JRCossío, propone declarar procedente e infundada las Controversia Constitucionales en cuestión (dado que ambas abordan exactamente la misma temática, el Pleno de la Corte decidió, a propuesta del ministro ponente, estudiarlas de manera conjunta), dado que considera que los artículos del Código Urbano impugnados (que suscitan la disputa de competencias en cuestión) son constitucionales.

            En general, la mayoría de los integrante del Pleno se pronunció a favor del sentido del proyecto, pero con algunas consideraciones argumentativas al respecto. Una de ellas, la del #MinLaynez, proponía que, en efecto, las disposiciones normativas impugnadas son constitucionales, sin embargo, la lógica que sigue el proyecto para llegar a tal conclusión, si bien es correcta, no es la más adecuada. Ésta (la más adecuada), consideró el Ministro, debería tomar en cuenta que existe la posibilidad de que las competencias para decidir respecto de la disposición integral del territorio pueden pertenecer tanto al Estado como a los Municipios, siempre que exista un convenio entre ellos que así lo establezca (según lo dispone el artículo 14 del Código Urbano de Querétaro).

            Finalmente, el Pleno de la Corte, a petición de varios Ministros y de ambas Ministras, propuso al Ministro Ponente adecuar las observaciones de sus integrantes al proyecto de sentencia, quien aceptó dicha invitación. Así pues, la Corte espera resolver las Controversias Constitucionales que se han mencionado el siguiente jueves, una vez que se haya realizado la adecuación acordada por el Pleno.

]]>

Archivos
Categorías