Sesión SCJN 14/05/2015: Incidentes de Cumplimiento Sustituto

El jueves 14 de mayo de 2015 la #SCJN resolvió tres asuntos, el primero de ellos fue el “Recurso de queja” 87/2014 a cargo de la ponencia del #MinFranco. Los dos asuntos restantes fueron “Incidentes de cumplimiento sustituto” el 1/2015 a cargo de la ponencia de @JRCossio y el 12/2014 realizado por la ponencia del #MinPérez.

El recurso de queja 87/2014 fue interpuesto por varios servidores públicos del DF en contra del acuerdo de una jueza en el que multaba a los servidores públicos quejosos, como medida para apremiarlos en el cumplimiento de una sentencia de amparo. El proyecto del ministro ponente proponía la procedencia de la queja, exceptuando aquella multa impuesta a Emilio Gonzáles Nuño, dado que consideró que la jueza que había impuesto la multa no había tomado en cuanto los documentos entregados por las autoridades quejosas, en las que éstas justificaban el retraso en el cumplimiento de la sentencia de amparo. Los efectos de este proyecto fueron votados de forma unánime. La ministra @MargaritaBLunaR argumentó en contra de la competencia de la SCJN para resolver este tipo de recursos de queja, pues dijo que primero se debía contar con una determinación sobre el cumplimiento del juicio de amparo. Después del receso se desahogaron los dos incidentes de cumplimiento sustituto. El primero a cargo de @JRCossio fue desahogado por @MargaritaBLunaR, por haberse ausentado el ministro. El incidente 1/2015 se derivó del amparo 1781/2012, interpuesto por una persona que no fue escuchada al habérsele expropiado un terreno, por el cual ahora pasa un acueducto, el cual evita inundaciones en el estado de Puebla. Como cumplimiento sustituto se fijó que era necesario hacer un avaluó del valor de las tierras expropiadas para cubrir el costo real de los terrenos expropiados. El proyecto fue aprobado de forma unánime. El segundo incidente de cumplimiento sustituto, el 12/2014, causó mayor discusión en el pleno, este incidente se derivó del amparo 1757/2011. El proyecto sostuvo que no era procedente el cumplimiento sustituto. El cual se derivó de un amparo concedido al ejido San Pedro de los Hernández en León, Guanajuato, que ordenaba suspender la construcción de un boulevard. #MinPérez argumentó que al estar en litigio la titularidad de la propiedad de los terrenos por los cuales pasaba el boulevard, entre el ejido y el particular que había donado el predio para la construcción de la obra, no se podía cumplir sustitutamente el amparo a través  de indemnizar al ejido, por el hecho de que se desconocía si este era en verdad propietario de los terrenos. #MinZaldívar, #MinPardo y @MargaritaBLunaR estuvieron en contra del proyecto, pues consideraron que el cumplimiento sustituto no versaba sobre la vulneración a la supuesta propiedad del ejido. Sino al hecho de que se había incumplido con lo ordenado por el juez al otorgar el amparo que suspendía la construcción del boulevard, hasta que el tribunal agrario determinara quién era el verdadero propietario de los terrenos. Por lo que se debía indemnizar al ejido porque su amparo no fue respetado. El proyecto fue aprobado con 7 votos.]]>

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