Víctor Díaz Infante/ @vdiazinfante
Director Fiscal Uber Latinoamérica
Aspectos relevantes en análisis por la Corte sobre la Acción de Inconstitucionalidad 63/2016 Este tipo de casos son de interés general, independientemente que se trate de personas que sean usuarios de Uber, o no, pues se encuentra en juego el grado de libertades en nuestras ciudades así como aspectos diversos de Competencia y Libre Concurrencia en el mercado del transporte, el Derecho de Decidir de conductores y pasajeros sobre cómo se transportan y cómo cobran-pagan por estos servicios, y el Derecho a no ser discriminado por no contar para efectos del registro en la aplicación con una tarjeta de crédito o bancaria; también está en juicio si legisladores y reguladores, tanto estatales como municipales, han invadido atribuciones federales en materia de competencia económica y libre concurrencia, comercio electrónico e interestatal, utilización de nuevas tecnologías y el uso del poder liberatorio de la moneda mexicana como medio de pago (todos,temas federales por definición constitucional). La Corte tiene en sus manos no únicamente el decidir cómo debe ser regulado Uber en el país respecto a la modalidad de transporte que los conductores desempeñan, esto va más allá, con este precedente se sentarán las bases para el futuro de la economía colaborativa en nuestro país, aplicada hoy en este caso a modelos complementarios de transporte y movilidad pero en lo futuro a actividades distintas que los ciudadanos pueden desarrollar utilizando la tecnología para ello. El modelo de economía colaborativa como el que ofrecen las empresas de tecnología no sólo implica el analizar si se está en presencia, o no, de un servicio de transporte complementario al transporte público que beneficia a todas las ciudades, a los conductores y a los usuarios, sino también el analizar si resulta constitucional el que los estados y/o municipios sobre regulen, limiten o restrinjan los derechos fundamentales de los ciudadanos tales como:
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