Reforma en materia de Humanidades, Ciencias y Tecnologías

Humanidades, Ciencias y Tecnologías (2023) 

Introducción 

El 13 de diciembre del 2022, el Presidente de la República presentó en la Cámara de Diputados una Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide a Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación. 

Esta iniciativa generó amplias discusiones sobre su impacto en el desarrollo de las ciencias y las humanidades en el país. Con esta legislación se derogan la Ley de Ciencia y Tecnología y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, que habían sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación en junio del 2002.

 

Proceso legislativo

En la Cámara de Diputados, la Iniciativa se turnó el 22 de diciembre del 2022 a las Comisiones Unidas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y de Educación para dictaminación, y a las Comisiones de Gobernación y Población, y de Presupuesto y Cuencia Pública para opinión. 

Posteriormente, en la sesión ordinaria celebrada el 25 de abril del 2023 se presentó el Dictamen elaborado por las Comisiones anteriormente descritas; y aprobada en la Cámara de Diputados con 257 votos a favor, 209 en contra y 2 abstenciones, y se remitió al Senado para su discusión y trámites subsecuentes. 

Ahí, la Minuta se turnó a las Comisiones unidas de Ciencia y Tecnología, y Estudios Legislativos, Segunda, para su estudio y dictaminación. El Dictamen correspondiente se votó en el Senado, donde fue aprobado con 64 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención. Finalmente, tras su aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el  08 de mayo del 2023. 

Algunas de los cambios más significativos que se introdujeron a raíz de esta legislación son los siguientes:

  • Se reconoce el derecho humano a la ciencia conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

  • Se incluye a las humanidades, lo que implica que el Estado debe garantizar su promoción, fomento, financiamiento, desarrollo y divulgación. 

  • En lugar del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) se instaura el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), con una Junta de Gobierno compuesta por trece Secretarías de Estado (incluyendo a la SEDENA y SEMAR) y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. 

  • Establece la creación de una Agenda Nacional en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que establezca líneas de acción sobre los asuntos estratégicos o prioritarios para el desarrollo del país y los temas de interés público nacional. 

  • Para ello, también se considerá la independencia humanística, científica y tecnológica de México frente a actores y empresas del sector privado y organizaciones o Estados extranjeros, en un contexto global y regional que amplíe las redes de investigación a través del diálogo, intercambio y cooperación internacional; y la promoción por parte del sector público en la constitución de empresas de base científica y tecnológica que apuntalen la rectoría económica del Estado mexicano.

  • Integra el Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación para promover la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno y la participación de los sectores social y privado.

  • Se establece la colaboración entre la federación, entidades federativas y municipios para la aplicación de la ley, donde cada entidad federativa debe elaborar sus respectivos programas en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, considerando las propuestas de dependencias y entidades locales que impulsen actividades en la materia.

  • Establece prioridad en la obtención de apoyos económicos para proyectos o actividades que se encuentren dentro de las áreas estratégicas o prioritarias del desarrollo nacional establecidas en la Agenda Nacional.

  • El Consejo Nacional poseerá los derechos de propiedad intelectual derivados de las actividades y proyectos que respalde. 

  • Se refuerza la política de dar priroidad en cuanto apoyo económico a los integrantes del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) vinculados a instituciones públicas. 

  • El Consejo Nacional poseerá los derechos de propiedad intelectual derivados de las actividades y proyectos que respalde. 

  • El Consejo Nacional, de acuerdo con el presupuesto disponible, podrá torgar becas nacionales a estudiantes que no las reciban de la institución donde cursan estudios de doctorado, maestría o especialidad. Estas becas estarán destinadas a áreas y temas definidos por la Junta de Gobierno del Consejo Nacional conforme a la Agenda Nacional. Es necesario que la institución receptora de la beca se comprometa a no cobrar colegiaturas u otros conceptos similares al becario. Además, se dará preferencia a aquellos que participen en programas que involucren prácticas inmersivas en los sectores público o social.

Relevancia pública del tema

El tema tratado en la legislación es de gran relevancia pública por sus implicaciones para el desarrollo científico, tecnológico y cultural de México. En este sentido, el tema es altamente relevante en tanto establece las directrices para regular los apoyos gubernamentales que se destinan a la investigación humanista y científica, fomentar el desarrollo tecnológico y estimular la innovación en el país; así como su coordinación entre las entidades gubernamentales y la colaboración con actores sociales y privados. No menos relevante, la Ley es importante por sus repercusiones en las políticas públicas del gobierno federal en este ámbito y en las funciones de la entidad consultiva y especializada en la materia (el ahora CONAHCyT).

Consideraciones sobre la calidad del proceso legislativo

 

El 25 de abril, la votación del Dictame en n la Cámara de diputados generado se llevó a cabo en medio de asombro y críticas entre los diputados de oposición, investigadores y académicos, ya que se había acordado previamente la realización de al menos siete Foros de Parlamento Abierto para discutir y crear el dictamen, con la esperanza de alcanzar un consenso en la ley. No obstante, según el Dictamen presentado en la Cámara de Diputados (p. 141) solo se llevaron a cabo dos de los siete foros programados.

 

En estas discusiones era necesario profundizar en el debate sobre cómo se definiría las prioridades sociales de México en la materia y cómo se integrarían con las prioridades científicas y humanísitas para el desarrollo del país, sin que ello pusiera en riesgo la diversidad y la autonomía académica en los procesos de investigación.

así como la utilización de recursos públicos para respaldar programas e investigaciones con objetivos esencialmente comerciales. También retoma la discusión sobre malas prácticas, opacidad y conflictos de interés asociados con la asignación de becas y presupuestos, así como la emigración de connacionales profesionales, altamente capacitados. Sin embargo, no es posible encontrar análisis exhausticos que permitan entender con precisión cómo la alternativa de solución propuesta por la legislación permitiría atender estos problemas.

Otro aspecto no menor del posicionamiento del tema en la opinión pública fue la asociación de las “viejas políticas” en ciencia y tecnología con el término “neoliberal”, utilizado como descalificativo y sinónimo de todas esas malas prácticas Sin embargo, dentro de los dictámenes y la discusión que se dio al respecto, desde las partes que promovían esta visión, no es posible encontrar una definición precisa que haga que el término sea operativo en la práctica y permita distinguir entre la ciencia “neoliberal” y otras modalidades de generar conocimiento en beneficio del país.

En este sentido, es posible encontrar distintos testimonios desde la academia y las instituciones de investigación y educación en donde señalan que sus observaciones no fueron tomadas en cuenta en la redacción final del documento, además de que las sugerencias fueron excluidas y la crítica, vinera de donde viniese, fue estigmatizada

 

Asimismo, no es posible estimar el impacto presupuestario total de la iniciativa, pues en la dictaminación de la Cámara de origen se señala que la aprobación de la iniciativa no tendría impacto presupuestario porque, aunque propone ajustes en diversos aspectos, estos se limitarán al presupuesto disponible del Consejo Nacional. Sin embargo, posteriormente advierte que la emisión eventual de disposiciones reglamentarias y administrativas mencionadas en la iniciativa sí podría generar un impacto presupuestario; el cual no pudo ser cuantificado o estimado en su momento, ya que dependerá de las características y especificaciones establecidas en cada una de las disposiciones indicadas, las cuales deben ser promulgadas durante el año siguiente a la entrada en vigor de la nueva ley. Esto ha generado limitaciones evidentes en su funcionamiento actual y plantea preocupaciones sobre su viabilidad a largo plazo.



Conclusión: balance de derechos

La implementación de la LGHCTI plantea cuestiones importantes sobre el balance entre la pérdida y ganancia de derechos para la ciudadanía. Entre los aspectos benéficos, es posible resaltar que se busca asegurar el derecho a la ciencia y la libre accesibilidad al conocimiento, reconociendo las humanidades (largamente estigmatizadas) como una área crucial para el desarrollo y la innovación del país. También se destaca la importancia de incluir a grupos y saberes históricamente marginados en la asignación de recursos públicos. Asimismo, la propuesta implica la creación de una ley general que establezca la distribución de competencias y la coordinación entre la federación, entidades federativas y municipios.

Sin embargo, se han planteado importantes cuestionamientos sobre si la legislación en los términos planteados logrará conducirnos hacia un desarrollo humanista, científico y tecnológico que redunde en beneficio de la sociedad en su conjunto. De manera concreta, algunos aspectos que encienden las alarmas son los siguientes: 

  • Desafíos en cuanto a la autonomía académica y la discusión científica, ya que aunque la Ley establece que la definición de la Agenda Nacional será en términos democráticos y buscará “ para atender y afrontar las necesidades, problemáticas y retos contemporáneos de la sociedad mexicana, mediante la participación de la comunidad a nivel local, regional y nacional, así como al interior de las universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación” falta claridad sobre los mecanismos de transparencia conforme a los cuáles se decidirá y escogerá entre las propuestas realizadas para integrar de la Agenda Nacional.

  • Se plantea el riesgo de desbalances en la toma de decisiones, pues la composición de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional destaca por la predominancia de actores gubernamentales, (representantes de 13 Secretarías de Estado y el INPI), en comparación con los ocho representantes de “la comunidad y sectores social y privado”. La inclusión de estos últimos será por medio de invitación, a propuesta de la persona Coordinadora del Órgano Interno Consultivo.

  • Riesgos de concentración de recursos públicos y sesgos hacia los proyectos prioritarios del gobierno en turno, que no necesariamente coincidiría con las áreas de oportunidad e innovación en las agendas de ciencias y humanidades.

  • La ausencia de definiciones y parámetros concretos para discernir las agendas e enfoques de investigación y conocimiento considerados prioritarios y de interés nacional, suscita dudas acerca de la viabilidad práctica de la legislación. La falta de claridad en este aspecto plantea interrogantes sobre cómo se aplicará efectivamente la normativa para garantizar que las actividades de investigación contribuyan de manera efectiva al beneficio del país.

  • Además, plantea incertidumbres respecto a la estigmatización de la investigación y de sus profesionales cuando sean catalogados como “neoliberales” (u otros términos similares) por instancias gubernamentales.

  • A pesar de que la legislación hace referencia a la perspectiva de género, es notable la ausencia del Instituto Nacional de las Mujeres en la Junta de gobierno.

  • No queda claro el establecimiento de un porcentaje mínimo del PIB destinado a la investigación en ciencias y humanidades.

  • No se observa un análisis exhaustivo que permita conocer el impacto (ni cualitativo ni cuantitativo para la sociedad mexicana) de la conclusión anticipada de los convenios actuales que entren en conflicto con la legislación.