Tarde o temprano la mayoría de las personas tenemos que buscar a un notario. En la compraventa de una propiedad, en la constitución de una asociación o al momento de hacer testamento hay que acudir a una Notaría. Sin embargo, de acuerdo con la Tercera Encuesta Sobre Servicios Notariales En El Distrito Federal realizada en 2010, el 30% de las personas encuestadas no sabe qué hace un notario y aunque el resto ubica algunos de los trámites que realiza, la mayoría le tiene poca confianza. De acuerdo con la encuesta, se sabe que la principal función de un notario es dar seguridad jurídica aunque habría que averiguar si la población encuestada entiende por seguridad jurídica lo mismo que entendería un notario. Por último, los servicios se perciben como caros y son utilizados mayoritariamente por los sectores más ricos de la población.
De acuerdo con algunas definiciones, el notario es un profesional del Derecho a quien el Estado le delega una función pública, un poder certificante para autentificar actos jurídicos y documentos oficiales. La función notarial permite generar instrumentos públicos necesarios para el tráfico jurídico con valor probatorio pleno y fuerza ejecutiva en caso de litigio. El notario ejerce un control de legalidad de ciertos actos y garantiza la legitimidad en el sentido jurídico del término, es decir que “acredita la calidad jurídica necesaria” para la realización de ciertos actos.
El notario es una figura antigua. Durante la Edad Media y la expansión del derecho mercantil, los notarios jugaron un papel central en el desarrollo del Derecho para autentificar documentos que permitían los diferentes negocios y el ejercicio de derechos y de acciones. En la forma del notariado latino, esta función de autentificación de documentos es fundamental. Según Max Weber, este aspecto documental del derecho es uno de los elementos más importante que “representaba una especie de fetiche, cuya entrega formal, originariamente ante testigos, provoca efectos jurídicos específicos, lo mismo que otros símbolos semimágicos: la lanza y la Vestuja del derecho germánico o el Barkoun del babilónico”.
En el discurso jurídico, uno de los fines más importantes del Derecho, sino es el que más, es proporcionar seguridad jurídica. En este sentido, el discurso notarial se ha apropiado de esa idea para justificar y fundamentar la principal razón de su existencia. La función del notario es proporcionar esa seguridad jurídica, al registrar y protocolizar en documentos diversos actos jurídicos como testamentos, poderes, constituciones o escrituras, realizar ciertos trámites o dar fe pública de un hecho determinado.
Estas funciones que realiza el notario son sin duda necesarias para el tráfico jurídico porque así lo exige la norma y el sistema de impartición de justicia. Sin embargo, creo que al día de hoy cabe hacerse la pregunta de si esas funciones de autentificación de documentos, de intermediario en la realización de ciertos trámites o dar fe pública de un hecho solo las puede realizar un notario. En cierto momento histórico se hizo necesaria la figura del notario al no existir otras formas de dar valor probatorio a ciertos documentos, por lo complicado de algunos trámites, por el desconocimiento no solo del Derecho, sino en general de la lectura y escritura o por la imposibilidad de determinar la verdad de un hecho o acto.
Ahora, en un contexto social y cultural totalmente diferente podemos preguntarnos si el día de hoy son realmente necesarios, más aún cuando ese sistema notarial solamente funciona para los sectores ricos de la población. Dice Alejandro Noriega que “los altos costos y su escasez artificial provocan informalidad y propician que la falta de seguridad jurídica de los excluidos impacte adversamente la economía. En sus condiciones actuales, los notarios son un auténtico impuesto a la formalidad[…] Con una diferencia: si bien los impuestos derivan en recursos tributarios que benefician a la comunidad, en el caso de los notarios el gravamen que imponen sólo beneficia el bolsillo de unos cuantos afortunados poseedores de patente notarial”.
Por otro lado, es importante recordar que el notario ejerce una función pública que ha sido delegada por el Estado pero no rinde cuentas de esas funciones y no se escucha hablar de transparencia notarial por ejemplo, en el otorgamiento por parte de los Poderes Ejecutivos estatales de patente o fiat notarial. Esto no es menor, pues la cercanía de los notarios con el poder político va en contra de la autonomía o imparcialidad que requería dicha función.
En este tema resulta relevante el ejercicio de la sociología jurídica realizado por Alberto Arellano Ríos sobre el notariado de Jalisco en el que demuestra las características del notariado jalisciense y la cercanía de varios notarios con el poder político, las plazas hereditarias o la endogamia familiar que existe en el gremio. No conozco otros estudios pero me arriesgaría a afirmar que Jalisco no sería el único estado de la República donde eso sucede. A esa situación, le podemos agregar también que es un gremio casi exclusivamente de hombres.
En un tiempo de reformas y cambios de paradigmas jurídicos resulta relevante también cuestionarse otros aspectos del Derecho. Si consideramos que las funciones que actualmente realiza un notario son necesarias para la seguridad en las relaciones jurídicas, creo que podemos preguntarnos si esas funciones las debemos seguir delegando en un oficio creado hace siglos cuando las circunstancias de la sociedad eran otras. Por eso la pregunta es válida ¿Notariado, para qué?
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