En el dictamen del 2020 aprobado por el Senado se analizan diecisiete iniciativas presentadas hasta ese momento por distintos legisladores de diferentes grupos parlamentarios en la materia. También se menciona la existencia de diversas iniciativas en la Cámara de Diputados para regular el cannabis, incluida una propuesta que establece una empresa estatal (CANNSALUD) para controlar su producción y venta. Al respecto, se recomienda la lectura del documento de MUCD “Análisis de las iniciativas a dictaminar para la regulación de la cannabis”.
En cuanto a la articulación del problema público, el dictamen del Senado señala que otras sustancias adictivas no reciben el mismo escrutinio que el cannabis, cuestionando así la justificación de su prohibición basada en daños a la salud (por ejemplo, el azúcar, el tabaco y el alcohol). Se señala que el modelo prohibicionista no ha logrado resultados positivos, evidenciado por la violencia generada por la guerra contra las drogas. Se destaca la persistencia del mercado ilegal de cannabis a pesar de su prohibición. Este análisis lleva a la conclusión de que la política prohibicionista ha fracasado.
En cuanto a la justificación para proponer la legislación, el documento señala que estamos ante un cambio de paradigma a nivel global sobre la forma en la que se trata el consumo de drogas, alejándose cada vez más del enfoque prohibicionista para pasar a un enfoque de salud pública fundamentado en los derechos humanos. Se critica la falta de una regulación integral que aborde diversos aspectos relacionados con la producción y el consumo de cannabis en general. Asimismo, se señala que el modelo prohibicionista no aborda adecuadamente los temas de desarrollo sostenible ni se alinea con los planes de desarrollo nacionales, estatales o municipales. Se hace referencia a iniciativas legislativas que buscan cambiar el enfoque de la política de drogas, especialmente en lo que respecta al cannabis, de un modelo prohibicionista a uno regulatorio.
Frente a ello, se señala la urgencia de establecer un marco legal para el uso del cannabis con fines recreativos, partiendo del principio de que la regulación no implica una liberalización total, sino la implementación de normas y estándares que resguarden tanto la salud pública como los derechos individuales, en consonancia con las obligaciones constitucionales.
Asimismo el dictamen señala que se llevó a cabo un proceso de parlamento abierto denominado “Rumbo a la Regulación del Cannabis”, que implicó la participación de senadoras, senadores y diversas partes interesadas. Al respecto, se señala la implementación de herramientas de comunicación como un sitio web y un correo electrónico para recopilar opiniones del público en general sobre la regulación del cannabis. Con ello se buscaba involucrar a la sociedad en el proceso de toma de decisiones. En este sentido, el dictamen destaca la participación tanto presencial como remota de más de 2,000 personas, incluyendo senadoras, senadores, especialistas, representantes de la sociedad civil, del sector privado, del Gobierno Federal, círculos académicos, investigadores y medios de comunicación. Se destaca un amplio consenso entre los participantes sobre la necesidad de una regulación clara y firme del cannabis, que considere aspectos de salud, derechos humanos, desarrollo económico y social, así como la importancia de políticas públicas efectivas para abordar este tema de manera integral.
Tras la evaluación de la propuesta, las organizaciones consideraron que durante este proceso, se alcanzó un nivel de participación consultivo en el que se solicita la opinión para se considerada en espacios de retroalimentación. Existe una documentación básica que permite formar una idea general sobre la toma de decisiones. Con respecto a en qué medida se incluyó en el proceso participativo a las personas directamente afectadas o interesadas por la reforma, se estima que se nvitó a un grupos diverso de personas afectadas o interesadas sin criterios de selección. Se considera que no excite un análisis de impacto preuspuestal en los documentos analizados. La justificación de la inversión, en términos del bien público generado, se estima moderadamente justificada, con beneficios equilibrados con los costos. Aunque la iniciativa no plantea un presupuesto específico para abordar el problema público, se estima que sí hay beneficios sociales independientemente del presupuesto. Se considera que el dictamen justifica de forma lógica la necesidad de cambio.
Las finalidades que persigue la ley que se propone, son las siguientes:
- Establecer lineamientos generales para la regulación del cannabis en su siembra, cultivo, cosecha, producción etiquetado, empaquetado, promoción, publicidad, patrocinio, transporte, distribución, venta y comercialización.
- Garantizar el derecho a pacientes con enfermedades de difícil tratamiento que puedan acceder a medicamentos con características que permitan mejorar sustancialmente su calidad de vida y bienestar.
- Fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento de los posibles riesgos atribuibles al consumo de cannabis.
- Desalentar las actividades ilegales en relación con el cannabis mediante sanciones apropiadas y medidas de aplicación.
- Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de legislación y políticas públicas basadas en un diagnóstico.
- Prevenir y disminuir la incidencia de casos de automedicación y envenenamiento por consumo no controlado de productos personales y medicinales de cannabis y sus derivados.
Se considera que el dictamen menciona de forma general la necesidad de protección de datos generales.En el artículo 6 se menciona a la protección de datos personales como uno de los principios de la ley. Se considera también que el dictamen no especifica nada relacionado con las fuentes de financiamiento y los recursos necesarios para implementarla. Al respecto, contempla la creación de una Comisión Nacional para el Control del Cannabis, lo cual involucra presupuesto adicional. No se especifica nada relacionado a la financiación de la regulación. Se entiende que dependerá del presupuesto de la Secretaría de Salud. En este sentido, con respecto a en qué medida se define la existencia de las capacidades humanas, tecnológicas y de gestión que serían necesarias para implementar la reforma planteada el tema de formación de capacidades se dejan a un Instituto que aún no existe. Entonces, la implementación es factible pero dependerá de otros factores.
Con respecto a la legislación propuesta, se considera que su potencial para reducir el problema público planteado es incierto, pues es un problema tan complejo que involucra muchas aristas (seguridad, salud, justicia, economía) que es difícil predecir el avance en cada una de ellas. No obstante, la legislación en la materia es preferible a continuar dejando en la desprotección normativa a las personas usuarias. La relación entre la exposición de motivos y la redacción de los artículos es identificable en términos generales, aunque los artículos transitorios presentan carencias que podrían dificultar la implementación, ya que esta se delega completamente al Ejecutivo.
En cuanto a la calidad y estructura argumentativa del grupo que impulsó la reforma, se considera que los argumentos son razonables pero poco sustentados y exhaustivos. Aunque el grupo muestra capacidad para reconocer contradicciones y sintetizar diferentes perspectivas, la negociación fue limitada. Hubo respeto y apertura a diferentes puntos de vista, pero poca autocrítica y orientación al consenso. La difusión en canales oficiales es mayormente imparcial y accesible, aunque con aspectos que podrían ser más transparentes.