Pendientes de las reformas en materia de transparencia parlamentaria

Existen varios pendientes en el tema de transparencia parlamentaria que requieren acompañar un proceso legislativo integral para poder avanzar en un modelo de Parlamento Abierto más completo. Es importante destacar el “Diagnóstico sobre el Parlamento Abierto en México”, el cual es un trabajo único en su tipo que permite conocer el grado de apertura de los 34 cuerpos legislativos del país.[1]

Entre los pendientes más relevantes son tanto una iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, una minuta enviada a la Cámara de los Diputados, y la más urgente de todas que se establece en el artículo Décimo Tercero del Decreto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública publicado en el DOF, el 4 de mayo de 2015.

  • Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública presentada el 9 de diciembre de 2014, pendiente en comisiones.

 

  • Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos recibida en Cámara de Diputados el 3 de febrero de 2015 que propone la adición de un Título Séptimo. “De la transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo y apertura gubernamental”, pendiente en comisiones.

 

  • Décimo Tercero[2]. Para el efecto del cumplimiento de las obligaciones genéricas y específicas a las que se refiere la presente Ley, cada Cámara del Congreso de la Unión aprobará, a más tardar el 30 de agosto de 2015, un programa de reorganización administrativa que deberá, comprender, al menos, las normas y criterios para la homologación programática, presupuestal, contable y organizacional de los grupos parlamentarios; las obligaciones de las Cámaras y de los grupos parlamentarios en cuanto sujetos obligados respecto a los recursos que a través de éstos se asigna a los legisladores; el tratamiento fiscal y presupuestal de los ingresos, prestaciones, apoyos y recursos, en dinero o especie, que reciban los legisladores para realizar la función legislativa y de gestión; el régimen laboral del personal adscrito a los grupos parlamentarios, las comisiones y los legisladores, así como las reglas relativas al uso, custodia, administración y disposición de los recursos públicos que no tengan la condición de dietas o contraprestaciones laborales, incluidas las relativas a las modalidades de acceso. Las obligaciones genéricas y específicas que corresponden a las Cámaras del Congreso de la Unión se harán efectivas conforme se implementen los programas de reorganización administrativa.

Todos estos asuntos buscan un mismo propósito, esperemos que las expectativas, por lo menos la más urgente y con un plazo específico, pueda ser resuelta en tiempo y forma, que por ahora se complica porque el Comité de Garantía de Acceso y Transparencia de la Información, COGATI, que es el órgano encargado de dar seguimiento a estos temas en el Senado de la República, se encuentra sin nombramiento de Senador o Senadora titular.

Por lo pronto ha quedado instalado el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales que deberá emitir los lineamientos a que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

[1] http://congresogro.gob.mx/files/Parlamento-abierto/diagnostico.pdf

[2] http://diariooficial.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5391143&fecha=04/05/2015

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