Robotina y las trabajadoras del hogar

Ana Velázquez Moreno/ @ana_velamor

Sara Velázquez Moreno/ @SaraVelazquez_

Lucero Sónico: ¿Prometes que no se lo dirás a nadie? Robotina: Lo juro por las baterías recargables de mi madre. Generaciones enteras conocemos a “los Supersónicos”, esta familia de un futuro paradigmático (la serie se desarrolla en el año 2062) compuesta por Súper, Ultra, Lucero y Cometín Sónico, humanos futuristas que desarrollaban lo que podría considerarse un ideal de vida occidental, particularmente Estadounidense. Este ameno grupo era siempre acompañado y atendido por Robotina, la empleada doméstica de la familia Sónico, quien vivía y trabajaba en la casa de la familia, por lo cual, al parecer se daba por hecho, estaba permanentemente a su servicio. No hace falta realizar una examinación a detalle para percatarse de la diferencia esencial entre Robotina y el resto de los personajes de esta serie animada: ella es una robot. Esto podría ser considerado como una mera curiosidad de la serie producida por Hanna Barbera, sin embargo no es precisamente una casualidad. Basta analizar rápidamente el primer capítulo[1] de la serie para darse una idea, de lo que estamos hablando (advertencia: ver este episodio con una mínima perspectiva de derechos humanos puede romper con el bonito recuerdo de los supersónicos en tu niñez). Ultra, agotada de los quehaceres del hogar, decide buscar alguien que le ayude, así que acude a un lugar llamado “servicio de robots sirvientes”, en donde le muestran aberraciones tales como una robot “modelo africano sumamente económico con acento incluido”, y otra robot ”modelo francés que tiene el motor justamente donde debería ir el motor”, el vendedor señala esto último mientras la robot menea la cadera y muestra su trasero de hojalata (¡¡!!). Después de un sube y baja de emociones, al final del episodio el señor Espacial, jefe de Super, le dice a su empleado: “con un poco que saques de tiempo extra, puede sostener a ese tanque armado” refiriéndose al pago de nuestra querida Robotina. Sí, sabemos que esta serie es de los años 60´s y que desde entonces ha habido una cantidad considerable de instrumentos normativos a favor de las trabajadoras del hogar y que si este programa fuera actual seguramente como mínimo habría un pronunciamiento de CONAPRED (o al menos eso esperaríamos). Sin embargo, es importante reflexionar que mensajes como estos se han dado durante décadas en todo tipo de medios de comunicación, pensemos por ejemplo en las telenovelas, películas del cine de oro mexicano, noticieros, programas de “comedia”, literatura, historietas, etc. Como consecuencia, estos mensajes de discriminación han permeado y se han replicado en todos los estratos sociales y desafortunadamente sus efectos prevalecen al día de hoy. Históricamente la labor esencial del trabajo del hogar ha sufrido falta de reconocimiento así como de una serie de carencias en materia de protección, garantías y reconocimiento de derechos laborales, teniendo como consecuencia directa, un trato discriminatorio hacia las personas que realizan este tipo de trabajo, y México desafortunadamente no es la excepción. En nuestro país 6 de cada 10 personas que se dedican al trabajo del hogar son mujeres (razón por la cual en este texto nos referimos a este grupo como trabajadoras del hogar), esto implica una desigualdad de género que impacta directamente en las condiciones de vida de las mujeres precarizándolas. Asimismo, solo 2.2% cuentan con contrato por escrito y 76 de cada 100 no tienen acceso a prestaciones básicas (aguinaldo, vacaciones, salario fijo, etc); 30% residen en el lugar donde trabajan y de este 30% el 13% realiza jornadas laborales mayores a las establecidas por ley[2]. Al respecto de esta situación la legislación laboral es deficiente y deja en la desprotección a trabajadoras y trabajadores del hogar, clasificando a “las personas que desempeñan labores del hogar” como trabajadores especiales, es decir, estableciendo estipulaciones legales diversas a las generales, regulación que resulta deficiente para la protección de este sector laboral dado que exime a la parte patronal de la reinstalación del trabajador en caso de despido injustificado, les priva del derecho a recibir utilidades y niega la obligación patronal de proveer de habitación o vivienda[3]. Aunado a lo anterior, al hacer un ejercicio interpretativo del artículo relativo a la duración de la jornada de este tipo de trabajadores[4] se puede concluir que las jornadas de 12 horas son permitidas, cuando para los trabajos en general la duración máxima es de 8 horas. Otra disposición de legislación mexicana que pudiera desfavorecer a este grupo es la que señala que “el patrón podrá dar por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad, dentro de los treinta días siguientes a la iniciación del servicio; y en cualquier tiempo, sin necesidad de comprobar la causa que tenga para ello, pagando la indemnización que corresponda (…)”[5] generando así, una inestabilidad en la seguridad en el empleo, uno de los principios bases de la regulación laboral e México. Desde la regulación internacional, el trabajo doméstico es relacionado directamente con los conflictos que atañen al tema migratorio, tan solo en nuestro país, el 30% de las personas que realizan esta labor nació en una entidad federativa o país diverso al de su residencia actual[6], por ende, diversos organismos internacionales regulan en conjunto ambas problemáticas. Actualmente, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tiene como principal medio de protección de trabajadores y trabajadoras del hogar el convenio 189[7] que protege el derecho al trabajo del hogar decente, estableciendo el derecho a la sindicalización, fija una edad mínima, determina la obligación de contrato por escrito, etc. en conclusión, asegura que las y los trabajadores domésticos disfruten de condiciones no menos favorables que las condiciones aplicables a los trabajadores en general, sin embargo, Chile es el único país latinoamericano que ha ratificado este convenio. Ante las citadas deficiencias este grupo ha comenzado a actuar como sociedad civil organizada. Un ejemplo de ello es el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (SINACTTRAHO) el cual es el primer Sindicato conformado a nivel nacional ante la necesidad del sector de buscar la defensa de los derechos humanos laborales, la no discriminación, la erradicación de la violencia laboral y de género, la valoración económica y social de nuestro trabajo, así como el mejoramiento de calidad de vida, para aquellos y aquellas que realizan el trabajo del hogar remunerado en México”.[8] Otra iniciativa interesante es la de Hogar, Justo Hogar[9], un grupo que busca reconocer y garantizar los derechos laborales a quienes se dedican al trabajo del hogar remunerado impulsando reformas laborales y generando sensibilización social. Tienen entre sus objetivos “ponerle fin al estado de indefensión legal en el que se encuentran las más de dos millones de mexicanas que se dedican al trabajo doméstico que –en términos generales– carecen de derechos laborales y de acceso a la seguridad social [quitándole] la categoría de NORMAL a una situación que es injusta y que no viven otros trabajadores”. Robotina como ya se señaló, era una empleada del hogar, y aunque formaba una parte fundamental en la vida de la familia Sónico, no era humana y por lo tanto para el público de los Supersónicos resultaba justificable el recibir un trato diferente[10]. En ocasiones parece que al igual que los creadores de Robotina, la legislación y el imaginario social pretenden deshumanizar la importante labor de las trabajadoras del hogar exigiendo que desempeñen su trabajo de manera eficiente pero sin contar con derechos ni garantías reales para exigirlos; solicitando disponibilidad para tener jornadas laborales que pueden prolongarse sin previo aviso, pero sin generar antigüedad; demandando que sean “confiables”, pero pagando salarios reducidos, y en general normalizando la no apreciación de este tipo de labores y por ende generando una desprotección sistemática a las personas que lo realizan. Es importante reflexionar sobre el peso que han generado los medios de comunicación y en general la sociedad que se han dedicado a normalizar estas situaciones de discriminación e injusticia. Lo ideal sería que el caso de Robotina ocurriera únicamente en una serie animada, desafortunadamente no es así. Actualmente, hay millones de personas en el mundo que realizan trabajos del hogar en condiciones de indefensión y precariedad, por lo que tenemos que continuar trabajando para que nuestro futuro sea diferente al que imaginaron William Hanna y Joseph Barbera, y en una de esas quizás por ahí del año 2062 los tratos discriminatorios e injustos hacia las trabajadoras del hogar sean únicamente un mal recuerdo reflejado en una caricatura y puedan desaparecer con sólo oprimir un botón.
[1] Disponible en http://www.dailymotion.com/video/x119jyy_los-supersonicos-capitulo-1-1962_people [2] Jessica Corona. (2017). Trabajadoras del hogar… ¿y sus derechos?. 04/04/17, de Milenio Noticias Sitio web: http://www.milenio.com/politica/Trabajadoras_dometicas-empleadas_domesticas_en_Mexico-derechos_de_trabajadoras_domesticas- conapred-inegi- hogar-trabajadoras_del_hogar_5_272422770.html y; Cifras de la ENOE 2015. [3] Su regulación se encuentra dentro del título sexto de la Ley Federal del Trabajo, referente a trabajos especiales [4] Artículo 333 de la Ley Federal del Trabajo [5] Artículo 343 de la Ley Federal del Trabajo [6] Jessica Corona. (2017). Trabajadoras del hogar… ¿y sus derechos?. 04/04/17, de milenio noticias Sitio web: http://www.milenio.com/politica/Trabajadoras_dometicasempleadas_domesticas_en_Mexico-derechos_de_trabajadoras_domesticas- conapred-inegi- hogartrabajadoras_del_hogar_5_272422770.html [7] http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/fp=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:2551460 [8]http://www.idwfed.org/es/relatos/sindicato-nacional-de-trabajadores-y-trabajadoras-del-hogar-sinactraho-201cpor-un-trabajo-digno-para-los-y-las-trabajadoras-del-hogar201d [9] http://www.hogarjustohogar.org [10] Para más información sobre la discusión respecto a la dignidad de androides y robots, consúltese Data y los derechos humanos. Mente positrónica y concepto dobletriádico de persona, en Star Trek y los derechos humanos, de Robert Alexy Alfonso y J. García Figueroa]]>

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