Sesión SCJN: 11/08/2015. Adopción para Sociedades Civiles de Convivencia en Campeche

#MinMedina. En la sesión pasada el Ministro @JRCossio se ofreció a circular un guión con las modificaciones que haría al proyecto para lograr un mayor consenso en el planteamiento de los argumentos. #MinGutiérrez realizó el ejercicio de dividir en bloques aquellos temas que habían sido mayormente argumentados durante la sesión pasada:

  • El interés superior del menor y la idoneidad de los miembros de sociedades de convivencia para ser adoptantes.
En palabras de #MinZaldívar: cualquier pareja homosexual o heterosexual tiene que cumplir con una serie de requisitos esenciales, en donde se vea que tiene las características, las virtudes, las cualidades para ser los mejores padres posibles dentro de la circunstancia.
  • Protección constitucional de todas las formas de familia.
  • Discriminación por orientación sexual. Este último punto fue el que causó mayor controversia entre los Ministros. Las posturas se pueden dividir en dos:
Discriminación por orientación sexual En Campeche el código civil aún restringe el Matrimonio exclusivamente a parejas heterosexuales, por lo que la sociedad de convivencia es la única alternativa con la que cuentan las parejas homosexuales para establecer una vida en común. Ahora bien, si el artículo 19 referido prohíbe expresamente a las sociedades de convivencia la adopción, para muchos Ministros esto implica una discriminación expresa a las parejas homosexuales. Discriminación genérica Como lo refiere la propia ley, estas sociedades de convivencia se pueden dar entre personas jóvenes, adultos mayores e incapacitados, que por alguna causa, causa mayor, ingratitud o desapego familia se encuentren solas y desamparados […]se constituye cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un domicilio común con voluntad de permanencia y de ayuda mutua para organizar su vida en común. Ceñirlo únicamente a personas homosexuales, sería dejar de lado la diversidad más amplia de familias alternativas que puede considerarse en una sociedad de convivencia. Los primeros dos puntos fueron incluidos en el proyecto por una mayoría de 9 votos. En el último punto prevaleció el argumento de discriminación por orientación sexual por una mayoría de 5 votos: #MinGutiérrez, #MinSilva, #MinAguilar, #MinZaldívar y #MinSánchez.]]>

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