El día de hoy en el pleno de la #SCJN se continuó con el estudio del Amparo directo 3633/2013 respecto del artículo 13 de la #CPEUM del fuero de guerra y los artículos 194 y 196 del código penal federal que tiene como antecedente la sentencia 912/2010 sobre delitos contra la salud, ponencia a cargo del #MinPardo. El fundamento del proyecto versó sobre la figura del #FueroMilitar y las competencias de tribunales militares cuando el juzgamiento que debe darse en delitos contra la salud es cometido por una autoridad militar.
El quejoso apelaba que dicho delito debía haber sido juzgado por un tribunal civil dado que es un delito en contra de la salud y que es la sociedad mexicana la que se encuentra involucrada. @MargaritaBLunaR argumentó a favor del proyecto explicando que se trataba de un grupo de militares que permitieron el paso de droga y que por eso son consignados ante un tribunal militar dado que no había civiles involucrados. En ese sentido el artículo 57 fracción II del código de justicia militar está correctamente aplicado, ya que en el se especifica que si no está involucrado un civil entonces debe ser consignado ante una tribunal militar. Dicho proyecto se aprobó con una mayoría de 6 votos, exceptuando los votos de los ministros Silva, Cossío, Zaldívar y la ministra Sánchez.
Como segundo tema se estudió la controversia constitucional número 34 respecto de la Ley orgánica del poder judicial del estado de Jalisco, argumentando por la invalidez de una fe de erratas planteada en junio de 2013. El día de mañana se estudiará una acción de inconstitucionalidad promovida por la #PGR en contra del Legislativo y Ejecutivo del estado de Puebla, demandando la invalidez del artículo 111 de la Ley Orgánica de la #PGJ del estado.
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