Armonización Legislativa del Reglamento del Senado del República

Derivado de algunas de las últimas reformas constitucionales y de la última reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, quedaron pendientes reformas reglamentarias a ciertos procedimientos que otorgan validez a las facultades del Senado de la República. En este sentido, los integrantes de la Mesa Directiva presentaron una iniciativa con proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Senado con el propósito de armonizar la normatividad.

El 15 de octubre de 2012, se publicó la reforma constitucional a los artículos 46 y 76 que se refieren a la intervención del Senado para aprobar los convenios amistosos que celebren las entidades federativas con respecto a sus límites territoriales, así como el procedimiento para desahogar estos asuntos; antes de esa reforma, el Senado resolvía los conflictos sobre límites entre entidades; por lo que se propone reformar los artículos 230 y 265 del Reglamento del Senado.

El 30 de septiembre del 2013, se publicó la reforma constitucional al artículo 37 que se refiere a las causales de pérdida de la ciudadanía. Hasta entonces, el Senado de la República otorgaba permisos a ciudadanos mexicanos para prestar servicios oficiales a gobiernos de otros países, aceptar o usar condecoraciones extranjeras o admitir títulos o funciones del gobierno de otro país con el propósito de que el Estado tenga conocimiento de estos ejercicios; con estas reformas, el Ejecutivo Federal adoptó esta facultad, por lo que la propuesta de reforma reglamentaria deroga el artículo 167 y reforma el artículo 231 del Reglamento del Senado.

A partir de la reforma publicada el 20 de mayo de 2014 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se recorrió el Título Quinto” De la difusión e información de las actividades del Congreso” a ser Título Sexto que en el artículo 142 señala que el Diario de los Debates debe contener un sumario, por lo que se propone la reforma al artículo 309 del Reglamento del Senado.

Es así, que la propuesta de armonización legislativa responde a las necesidades de homologar los procedimientos que puedan otorgar validez a los principios de legalidad, imparcialidad y objetividad como lo establece la ley. Las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos se encargarán de revisar las propuestas y elaborar el dictamen correspondiente.

 

 

Archivos
Categorías