Del 27 al 30 de abril de 2016 tuvo lugar en Monterrey Nuevo León el Congreso de Educación Jurídica organizado por el Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho (CEEAD). Asistimos al mismo para participar en la mesa de reflexión sobre el impacto de la tecnología en la educación jurídica. En términos generales, se trató de un congreso intenso y plural del que habría que destacar la capacidad del CEEAD para conjuntar un panel de expositoras y expositores multi-nacional pero también multi-ideológico.
Desde nuestra perspectiva, lo que sucedió en Monterrey fue un intercambio de ideas y experiencias de muy alto nivel que habrá que sopesar con calma, pero que en términos generales dejó en claro que la experiencia jurídica contemporánea obliga a adoptar perspectivas multidisciplinarias que puedan contribuir a que se confíe tanto en la abogacía como en el derecho. Para colaborar a esa reflexión pausada quisiéramos anotar algunas de las experiencias y conclusiones que tuvimos después de nuestra participación, las cuales están enfocadas principalmente en el impacto de la tecnología en la enseñanza del derecho.
Lo primero que habría que anotar es que para cada una de las personas que expusieron, la noción impacto tecnológico significaba algo muy distinto. El tema abrió un abanico de perspectivas en el que aparecieron: las implicaciones de la tecnología en los métodos pedagógicos; las experiencias de solución de controversias a través de tecnologías de la comunicación; las bases de datos como herramientas sustantivas para el estudio de fenómenos jurídicos; los blogs jurídicos (blawgs); la percepción de las alumnas y alumnos sobre la forma en que utilizan sus profesoras y profesores las tecnologías; y la idea de que las tecnologías han sido fundamentales para impulsar los procesos de democratización del derecho y de cultura jurídica.
Así, entre la pluralidad de perspectivas resultaba complicado crear un consenso sobre el impacto de las tecnologías en la educación jurídica, aunque se reconocía que el impacto era notorio. Por otro lado, los comentarios de las participantes y los participantes hacían patente una tensión entre quienes suscribían argumentos “apocalípticos” y quienes suscribían argumentos “integrados” según la famosa dicotomía planteada por Umberto Eco en los años sesenta. El argumento apocalíptico consistía en defender que las tecnologías habían cambiado de tal forma el aprendizaje del derecho que el proceso de enseñanza se estaba deshumanizando; en su contraparte el argumento integrado consistía en defender que las tecnologías estaban contribuyendo a una mejor práctica docente, además de que fomentaban la discusión del derecho más allá de las facultades. En esa tensión no resuelta terminaron las mesas de reflexión y mesas de ponencias (al menos en las que pudimos estar presentes).
Las mesas de trabajo generaron mejores oportunidades para articular un discurso sobre el impacto de las tecnologías en el derecho, principalmente porque quienes participamos en ellas teníamos frescas las inquietudes creadas por las anteriores exposiciones. Definitivamente fue un acierto del comité organizador el planteamiento de esta dinámica. Parte de las conclusiones fueron las siguientes:
1.- Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) están subutilizadas en la enseñanza del derecho. Son conocidas y se les da un valor pero no se les explota adecuadamente.
2.- La disparidad de acceso a las TIC según factores socioeconómicos, obliga a planear el uso de las TIC en el aula atendiendo la disparidad.
3.- Bases de datos, recursos audiovisuales, redes sociales y plataformas colaborativas son herramientas que pueden mejorar sustantivamente la educación jurídica, pero no por sí mismas.
4.- Para que el uso de las TIC redunde en una mejor enseñanza del derecho, primero hay que interiorizar que las propias tecnologías han cambiado la forma de entender el mundo y por lo tanto el propio derecho.
5.- Los planes de estudio en general no reflejan el impacto que han tenido las tecnologías en la comprensión del derecho.
Finalmente se reconoció que las TIC están obligando a re-pensar las formas de enseñar el derecho, pero que se corre el riesgo de que sea sólo un cambio estético si no se comprende que esas tecnologías han cambiado nuestra propia concepción del mundo. De tal suerte la enseñanza jurídica se enfrenta al reto de integrar una visión del mundo donde el tiempo, el espacio, las identidades sexuales y culturales, así como las aspiraciones democráticas mundiales significan algo muy distinto a lo que significaban hace veinte o treinta años.
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