En Defensa del GIEI

  • El GIEI tiene base legal en la solicitud de medidas cautelares que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó el año pasado (MC/409/14) y el Acuerdo para la incorporación de asistencia técnica internacional, firmado el 12 de noviembre de 2014 entre la CIDH y el Estado mexicano. Es de resaltar que la creación del GIEI surge a petición del Estado mexicano y de las víctimas. Ninguna de las siete personas que integran la CIDH, ni su Secretario Ejecutivo (Emilio Álvarez Icaza) plantearon una solicitud de estas características, sino que respondieron a los pedimentos de las partes. Más aún, fue el mismo Presidente de la República quien instruyó el 29 de octubre de 2014 la firma de este acuerdo. El acuerdo señala que la CIDH integrará el GIEI.
    1. Las personas que conforman el GIEI fueron elegidas en diálogo entre las autoridades mexicanas y las personas beneficiarias de las medidas cautelares, y cuentan con una alta calidad moral y experiencias en procesos similares en Comisiones de la Verdad en Paraguay, Perú, Ecuador y Guatemala. Han participado en casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos como asesores legales o peritos, tienen experiencia en la investigación penal de casos complejos como el caso de Palacio de Justicia en Colombia, la Extradición de Pinochet a España, y el juicio en contra el Efraín Ríos Montt en Guatemala. También han sido participes del seguimiento de los derechos humanos en diferentes partes de América Latina, incluido Colombia.
    1. El GIEI si bien surge del Acuerdo entre el Estado mexicano y la CIDH, éstos son independientes en su actuar, es decir, no reciben instrucciones de la CIDH en la forma en que tienen que conducir sus actuaciones.
    1. El propósito de la asistencia técnica fue revisar si se estaban haciendo las acciones de búsqueda para la localización de los normalistas desaparecidos, si se estaban agotando todas las líneas de investigación penal en particular las relaciones de la delincuencia organizada con las autoridades, si se tienen las condiciones y se están realizando las acciones conducentes en materia forense, y si existe un plan de acción de atención a víctimas.
    1. El informe aborda los elementos de gran transcendencia que impactan más allá de Ayotzinapa. Se puede observar falencia en la atención a víctimas, en los planes de búsqueda, negligencias en la parte de investigación penal y en materia de periciales. Si el informe fuera una evaluación, el Estado mexicano falló, e incluso cometió deshonestidad en su actuar. El único aspecto en el que se condujo más o menos adecuadamente, es en reconocer de forma muy inicial, que el reto era complejo y que requería apoyo internacional, aunque posteriormente no fue del todo colaborativo con quienes buscan ayudarle.
    1. El reto que implicó al Estado mexicano en este asunto, dejó en claro que las instituciones no están preparadas para resolver un caso como Ayotzinapa, y deja grandes dudas si serían capaces de responder positivamente en otros asuntos, de menor magnitud.
    1. Las voces que buscan desprestigiar el trabajo del GIEI y de la CIDH en este asunto, implícitamente quieren que México siga trabajando con las mismas deficiencias estructurales que han hecho que existan miles de personas desaparecidas en México. Por eso en particular sorprende que personas como Isabel Miranda de Wallace quien sufrió en carne propia la ineficacia de las autoridades, considere más oportuno cerrar los ojos y hacer oídos sordos a las recomendaciones del GIEI, aunque con ello proteja el estatus quo de quienes no han sido capaces de resolver estas problemáticas.
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