La interpretación del derecho, la literatura y la narrativa jurídica. II/IV

En tres obras clásicas de la literatura, el proceso ante la autoridad judicial y la interpretación del derecho aparecen como piezas definitorias o protagonistas en la trama que se desenvuelve. Antígona de Sófocles es un referente necesario para hablar de la validez de las leyes y de la dualidad entre el derecho que manda la justicia y el derecho dictado por la autoridad. La interpretación que hace Creonte sobre su propio poder como fuente formal de derecho y Antígona sobre el fundamento último de las leyes, es el elemento central de la tragedia. La objeción de Antígona a la ley promulgada por Creonte es por considerarla una ruptura en la narrativa del derecho de los dioses: “No son de hoy ni ayer esas leyes; existen desde siempre y nadie sabe a qué tiempos se remontan”.

En el Mercader de Venencia, Shakespeare “muestra de una manera genial cómo la humanidad, la justicia, la pasión, la vida, son salvadas (…) gracias al formalismo jurídico más sofista” dice Claudio Magris. Porcia disfrazada como abogado, argumenta que el contrato que regula las relaciones jurídicas entre Antonio y Shylock debe interpretarse de forma rigurosamente literal, si el contrato dice carne y no sangre, solo carne habría de tener. La narrativa jurídica en este caso no recurre a un derecho divino o natural sino a la letra de la ley, suponiendo que la literalidad permite una exacta y justa aplicación de las normas. Sin embargo, la interpretación a la letra de la ley tampoco puede ser exacta y univoca. Es, como otros, un método hermenéutico para dar significados.

El Proceso de Kafka es una novela sobre la ausencia del derecho y si el derecho está ausente no hay interpretación posible. Joseph K. no sabe de qué delito lo acusan ni ante qué jueces habrá de comparecer. Tampoco conoce la sentencia aunque asume la pena como un perro. Desde que es notificado una mañana hasta el día de su ejecución, el protagonista busca ese derecho y esos tribunales pero no los encuentra, se posa ante la ley pero jamás logrará entrar en ella. En El Proceso, no se puede ser juez para determinar si es justo el proceso. No tener esa posibilidad de interpretar el derecho es una angustia constante. Sin los elementos jurídicos no podemos saber si la decisión contra Joseph K. va de acuerdo con la narrativa jurídica cualquiera que sea ésta: la de los dioses, la de la formalidad, o la que sea.

La relación entre la interpretación judicial y la literatura no solo ocurre cuando el derecho o los procesos se vuelven protagonistas en ella. Existe, dice nuevamente Magris, una “afinidad entre literatura y derecho, gracias a la analogía entre derecho y lenguaje, muchas veces subrayada al igual que la que existe entre jurisprudencia y gramática”. En ese mismo sentido hay una analogía aún más profunda: “Así como ‘las gramáticas y los diccionarios, la fonética y la morfología no forman un lenguaje, asimismo la jurisprudencia es incapaz de expresar la palabra final en torno al derecho”.

En el ámbito de la filosofía del derecho también se ha desarrollado la relación entre literatura y jurisprudencia. Para Ronald Dworkin, la interpretación judicial es una interpretación creativa similar a otras interpretaciones como la literaria. Propone comparar la jurisprudencia, como labor interpretativa de los jueces, con una novela que se escribe de manera colectiva, en la que un autor diferente escribe cada uno de los capítulos. El escritor habrá de basarse en las interpretaciones previas de la historia, de los personajes, de los conflictos y del espacio literario en el que se desarrolla. Está sujeto a una historia interpretada pero también tiene un margen de creación para darle a la historia cierto destino y sentar elementos para influir en los autores de los capítulos siguientes.

La jurisprudencia, dice Dworkin, es la novela del derecho. Una narrativa que por medio de decisiones judiciales desarrolla los contenidos de una historia de los principios generales, las normas escritas y de sus conceptos específicos (que van desde “igualdad”, “democracia”, “familia” hasta “cheque” o “aluvión”) en la que los jueces son los autores principales limitados por bases generales y una continuidad, de tal forma la historia no puede tener un giro sorpresivo o injustificado ni los personajes cambiar de forma arbitraria. La interpretación del juez sobre la aplicación del derecho no puede ser arbitraria sino que debe ser acorde con la narrativa jurídica cuyas bases están en la ley escrita y jurisprudencia previa.

La analogía termina cuando recordamos que el escritor no es responsable ante los lectores. Artista al fin, egoísta e individualista, puede ser caprichoso respecto a los giros de la novela colectiva. El juez es responsable públicamente de su decisión, aunque quiera o intente no es un artista de la narrativa jurídica.

Hacer esta narrativa clara y transparente es una forma de constreñir el ejercicio del juez al derecho, lo sujeta a éste haciendo que sus decisiones no puedan ser discrecionales. La publicidad de las sentencias permiteevaluar las decisiones judiciales, llevarlas a la discusión pública y en su caso responsabilizar a los operadores de justicia. Es someter al escrutinio público la decisión del juez y la interpretación del derecho para ver si cumplió su función como narrador consecuente de la trama jurisprudencial.

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