Durante las pasadas tres décadas los sistemas judiciales en América[1] se modificaron considerablemente. Estas reformas judiciales transformaron la estructura interna de los sistemas de administración de justicia (incorporando nuevas facultades para los jueces y nuevas formas procesales) y los alcances externos de su relación con otros poderes públicos y con la sociedad (a partir de facultades políticamente más importantes, los jueces se volvieron actores políticos relevantes para otros poderes y para la sociedad). La realidad de esta transformación de los sistemas judiciales ha sido documentada en una extensa bibliografía de autores latinoamericanos que han abordado desde diferentes perspectivas estas llamadas reformas judiciales.
Las razones de las reformas judiciales no obedecieron solo a razones jurídicas. Estas reformas atendieron razones políticas, sociales, culturales y económicas que hacían necesaria la transformación del derecho y del sistema de administración de justicia. En buena medida se buscó crear poderes judiciales más fuertes que aseguraran la estabilidad política y económica de la región, necesaria para el funcionamiento adecuado que el mercado requería. La corrupción en los sistemas de administración de justicia, la ineficacia de las autoridades de procuración de justicia, la lentitud procesal, la formalidad excesiva en la literalidad de la ley, llevaron a los poderes judiciales a una situación crítica que amenazaba las democracias nacientes en la región y ponía en riesgo la gobernabilidad y el libre mercado. Esto fue lo que obligó a realizar estas reformas judiciales. En la globalización económica, el desarrollo de mercados competitivos y eficientes, la libertad de empresa en un entorno de competencia efectiva, la garantía de los derechos de propiedad y el cumplimiento de los contratos, son elementos centrales que obligaban a tener una administración de justicia fuerte y eficaz.
La parte medular de estas reformas judiciales radica en que los mecanismos procesales incorporados y las nuevas facultades otorgadas a la judicatura contribuirían a crear sistemas más democráticos, en el sentido de que para alcanzar un verdadero sistema democrático es necesario contar una administración de justicia que proteja los derechos de las personas y garantice una justicia imparcial.
A partir de las reformas judiciales, los jueces tienen una mayor relevancia en la creación del Derecho. Esto se oponía en primera instancia a una tradición jurídica en donde el imperio de ley escrita, su literalidad y el poder del legislador como único creador de derecho eran incuestionables. Las reformas judiciales quitaron al legislador el monopolio del ejercicio del derecho y ampliaron facultades de creación jurídica a los jueces a partir de principios generales.
La reforma judicial se convirtió en política de estado en los países de la región. Desde hace un par de décadas en diferentes países se establecieron mecanismos de control constitucional y de garantías que corresponde al Poder Judicial ejercerlo y con ello se le otorga un poder político importante; se crearon consejos de la judicatura; se mejoraron considerablemente los salarios de la burocracia judicial y los mecanismos de permanencia y seguridad en el cargo, se crearon infraestructuras para los nuevos sistemas procesales que lo requerían; se reformaron leyes sustantivas y procesales; se crearon nuevas jurisdicciones; se han dedicado recursos para la capacitación del personal judicial y administrativo; y se establecieron métodos de designación, nombramiento y ratificación de jueces y magistrados para lograr una independencia judicial.
Como políticas de estado, las reformas judiciales fueron acompañadas de discursos que las presentaron como el camino para solucionar y mejorar la administración de justicia del Estado en un sentido democratizador. En ese sentido las reformas judiciales han generado expectativas sociales en la administración de justicia. Ahí, en esa expectativa es en donde radica la legitimidad democrática de esta reforma judicial: en que son reformas que buscan, por medio de la transformación de la judicatura, el fortalecimiento del sistema democrático. Si se le otorgan más facultades los jueces es para que en el ejercicio de esas facultades garanticen el acceso a la justicia imparcial con certeza y seguridad jurídica, pilares de una sociedad democrática.
El proceso de implementación de algunos aspectos de estas reformas ha variado, algunos han sido muy rápidos y ya tienen tiempo suficiente para ser evaluados -por ejemplo la modificación de los mecanismos de designación de jueces y la creación de los Consejos de la Judicatura- y otros muy lentos y problemáticos – como la reforma de justicia penal-. Después de algunos años de estas reformas debemos preguntar sobre el estado actual de los sistemas de justicia de la región. Es necesario evaluar los resultados de estas reformas judiciales a la luz de indicadores claros para ver si han resultado efectivas para atender los problemas que buscanban atender estas reformas judiciales o si por el contrario, los problemas que buscaba atender resultaron tan complejos que incluso han impedido que se aplique la reforma. Es necesario evaluar si las reformas judiciales han cumplido con su promesa democratizadora o por el contrario han mostrado que el problema respecto de la eficacia de un sistema de justica es aún más grande de lo imaginado.
[1] Con excepción de Canadá y Estados Unidos.
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