A PROPÓSITO DE SUPER SIZE ME Hamburguesas todo el día, todos los días. A propósito de Super Size Me En 2004 el ingenioso documental Super Size Me, dirigido y protagonizado por Morgan Spurlock, vino a coronar una serie de inquietudes relacionadas con el negocio de la comida rápida en Estados Unidos, en específico respecto a la cadena de hamburguesas McDonald’s, al cuestionar el rol que debe adoptar el Estado frente a estos agentes y sus consumidores. La propuesta que presenta Super Size Me resulta tan atractiva como provocadora sobre todo por su sencillez, pues el filme simplemente se enfoca en documentar la vida de una persona que durante un mes desayunará, comerá y cenará alimentos de McDonald’s. Las consecuencias del experimento son tan previsibles como ruinosas, ya que al no realizar algún tipo de ejercicio físico, o acaso intentar combinar otros alimentos fuera de lo ofrecido por la cadena de hamburguesas, el protagonista del documental además de engordar más de 10 kilos, sufre diferentes trastornos físicos y psicológicos que terminan por empeorar su calidad de vida. La principal virtud del documental de Spurlock se encuentra en la narrativa utilizada para llamar la atención sobre la falta de información con la que cuentan las personas que consumen dichos alimentos. El impacto que genera el explicitar las relaciones entre la comida rápida y los efectos de la obesidad, demuestra que pequeñas decisiones conllevan importantes consecuencias a lo largo del tiempo.[1] Así, evitando encumbrar posturas en las que el aparato estatal se entrometa por completo en las vidas de sus ciudadanos y los obligue a comer sanamente, Super Size Me es un buen ejemplo para comprender los peligrosos efectos sociales de la generalización de los hábitos de alimentación producidos por las grandes compañías de comida rápida.[2] Y es que la autonomía individual solo puede ser desplegada plenamente cuando se cuenta con los medios necesarios para tomar una determinada decisión de manera libre e informada. Obesidad en México, la famosa “vitamina T” La Organización Mundial de la Salud define el sobrepeso y la obesidad como la acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud. De acuerdo con datos de esta institución, la obesidad ha alcanzado proporciones epidémicas a nivel mundial, pues alrededor de mil millones de adultos tienen sobrepeso y más de 300 millones son obesos. Con un 70% de la población con problemas de sobrepeso, con una tasa de obesidad que se encuentran en el 32.8%, y donde 1 de cada 3 adolescentes presentan problemas de gordura, no es sorprendente que, en 2013, la Organización de las Naciones Unidas haya informado que México es el país más gordo del mundo. Tacos, tortas, tamales, tostadas, tortillas, totopos y tlayudas, la denominada “vitamina T” parecería ser un común denominador en la dieta mexicana que, no solo resulta alta en grasas, sino que también propulsa unos hábitos alimenticios más bien desordenados y poco balanceados. No por nada, hace un par de años, una casa encuestadora aseveró que cuando los mexicanos tienen que comer fuera de casa, el primer alimento en el que piensan son los tacos, luego las tortas, luego la comida corrida, y solo después la fruta. Desde retirar los saleros en el Distrito Federal, ofrecer billetes de metro gratuitos a cambio de sentadillas o multitudinarias sesiones de ejercicio, pasando por la difusión de intensas campañas publicitarias enfocadas en la concientización alimentaria y educación física, hasta una discutida sentencia que declaró constitucional la prohibición de vender “alimentos chatarra” en diferentes niveles educativos, de un tiempo para acá, gran parte del aparato estatal mexicano ha tomado vehementes —y excéntricas— medidas para tratar de combatir dicho panorama. No cabe duda que el problema del sobrepeso en el territorio mexicano es una cuestión crucial que se debe abordar desde diferentes ópticas (dentro de las cuales, obviamente, una debe ser la jurídica), tanto para mejorar la calidad de vida de las personas como para evitar la quiebra del sistema de salud pública. Sin embargo, antes de emprender cualquier acción por combatir la obesidad en México, aduciendo de forma alarmista la inminente catástrofe nacional, o encontrado la justificación en los fines sin detenerse a analizar las vías para alcanzarlos, resulta pertinente preguntarse, ¿hasta dónde debe llegar la intervención estatal en nuestras vidas? Paternalismo jurídico La discusión sobre el paternalismo ha sido una cuestión controversial no exenta de confusiones, antagonismos e infiltraciones ideológicas. Como afirma Macario Alemany, si bien es cierto que es relativamente sencillo saber de qué se habla cuando se habla de paternalismo, también lo es que encontrar una definición adecuada y suficiente para describir este fenómeno resulta bastante difícil. [3] Uno de los filósofos del derecho más importantes del mundo en el siglo XX, H. L. A. Hart, al entablar un álgido debate con Lord Devlin originado por el Informe Wolfenden, sobre las implicaciones de la moral en el ámbito privado y sus consecuencias jurídicas, definió al paternalismo como “aquellas conductas enfocadas en proteger a los individuos de ellos mismos”.[4] Así, al introducirse este término dentro del campo de la filosofía del derecho, la delimitación de un cierto tipo de paternalismo conducido a través de políticas públicas, o propiamente normas jurídicas, recibirá la denominación de paternalismo jurídico. El problema que plantean estas cuestiones, siguiendo a Miguel Ángel Ramiro, “es que el Estado, además de sus funciones clásica de policía y redistribución, asume una tarea activa en el desarrollo de la vida de las personas bien promoviendo ciertos comportamientos que serán beneficios para las personas, bien prohibiendo ciertos comportamientos que no dañan a terceras personas”.[5] Contemplado así, e íntimamente relacionado con el tema del sobrepeso como problema de salud pública, parecería que el paternalismo jurídico de manera irremediable es observado bajo una perspectiva peyorativa, que incluso puede resultar ofensiva por tratar a las personas adultas como incapaces de tomar decisiones libres, autónomas y coherentes. No obstante, esta intuición general que apunta a un sentido negativo del paternalismo no concuerda con las principales definiciones jurídicas del mismo. Garzón Valdés, ha definido al paternalismo jurídico como las conductas que sostienen “que siempre hay una buena razón en favor de una prohibición o un mandato jurídico, impuesto también contra la voluntad del destinatario de esta prohibición o mandato, cuando ello es necesario para evitar un daño (físico, psíquico o económico) de la persona a quien se impone esta medida”.[6] Es decir, el agente interviniente —el Estado— actuaría siempre movido por un interés benevolente y benéfico, buscando, a través de medidas legales más o menos coactivas, evitar el mal que pudiera causarse un individuo o procurarle un bien. El retiro de los saleros en la Ciudad de México me parece uno de los mejores ejemplos para ilustrar lo que se puede entender por paternalismo jurídico. A través de las siguientes preguntas y respuestas se intenta explicitar el tema: ¿La epidemia de obesidad y sobrepeso en México amerita tomar este tipo de medidas? Sí. ¿Se prohíbe la sal en los restaurantes? No, de hecho estos no pueden negar un salero si un comensal lo solicita. ¿Se obliga a las personas a no consumir sal o se toman medidas coactivas en su contra? No. ¿La medida es paternalista? Sí. ¿Está éticamente justificada? También. [1] Vid. FRIEDMAN, David Adam, “Public Health Regulation and the Limits of Paternalism”, en Connecticut Law Review, UConn School of Law, Vol. 46, No. 5, Julio, 2014, pp. 1735 y ss. [2] ALEMANY, Macario, “Super size me y Fast food nation: la denuncia de algunas realidades indecentes en torno a la alimentación humana”, en Quaderns de cine, Universidad de Alicante, No. 4, 2009, p. 8. [3] Vid. ALEMANY, Macario, “El paternalismo médico”, en AA.VV., Derecho sanitario y bioética. Cuestiones actuales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2011, p. 746. [4] HART, Herbert Lionel Adolphus, Law, Liberty, and Morality, Stanford University Press, Standford, California, 1963, p. 31. [5] RAMIRO AVILÉS, Miguel Ángel, “Super size me (Morgan Spurlock, 2004) ¿Hasta dónde debe llegar la intervención estatal en la vida de las personas?”, en RIVAYA, Benjamín y GÓMEZ, Juan Antonio (eds.), Filosofía del Derecho y Cine. Materiales didácticos para un sistema ECTS, Edición Universidade da Coruña, A Coruña, 2012, p. 150. [6] GARZÓN VALDÉS, Ernesto, “¿Es éticamente justificable el paternalismo jurídico?”, en Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante. Área de Filosofía del Derecho. No. 5, 1998, p. 156.]]>
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