Previo SCJN: Ley AntiBronco

Las resoluciones de los puntos discutidos por la Corte el día 28 de Agosto fueron los siguientes:
  • Representación proporcional: el artículo 25 fracción II y III se declaró inconstitucional
  • Coaliciones Electorales: el artículo 117 de la Ley Electoral de Zacatecas se declaró inconstitucional
  • Ubicación de casillas, designación de funcionarios para la jornada electoral y capacitación electoral: el artículo noveno transitorio fue determinado válido.
Posteriormente en la sesión del 1ro de Septiembre el pleno de la Corte discutió acciones de inconstitucionalidad respecto a la Ley Electoral de Baja California, estas promovidas por los partidos PRD, Nueva Alianza y MORENA.
Se determinó que no hubo violación de los principios de legalidad y democracia deliberativa. Respecto a la regulación de las demarcaciones de distritos electorales se invalidó el párrafo II del artículo 14 y se aceptó el 3% par a la asignación de diputados y regidores por el principio de representación proporcional.
En su próxima sesión, el Pleno de la SCJN discutirá acciones de inconstitucionalidad sobre la Ley electoral de Tamaulipas, éstas promovidas por el PRD, PAN y MORENA. Éstas buscan frenar la llamada “Ley AntiBronco”. Según los partidos, la reciente reforma electoral impone a los aspirantes a una candidatura independiente a nivel local contar con hasta el 3% de firmas de electores registrados en el padrón nominal, cifra más alta de lo que se exige a nivel federal para los aspirantes sin partido político.
No olvides seguir la sesión a través de #SCJNenVivo.
]]>

No Comments

Leave a Reply

Archivos
Categorías