Retos para la Constitución mexicana (parte uno)

Ricardo Jesús Sepúlveda Iguíniz / @rsepulvedai

Una Constitución es, ante todo, el instrumento con que cuenta una sociedad para plasmar los principios que la constituyen como Nación y definir las directrices que deben guiarla. Por ello, es perfectamente válido decir que una Constitución está dirigida a las personas –todas- de una sociedad, como su destinatario final y, a su vez, la sociedad es la principal voz para definir su contenido.

La Constitución es de y para la sociedad. Es emblemática la frase inicial de la Constitución de los Estados Unidos, primera en la historia: “We the people of the United States (…) do ordain and establish…”

En ese sentido toda Constitución tiene el reto de ser la expresión auténtica de una sociedad. Sin embargo, esto no se da de manera gratuita, ni todas las Constituciones lo logran en igual grado. Emilio Rabasa, gran constitucionalista mexicano, distinguía precisamente en tres tipos de constituciones: espontáneas (o auténticas), ratificadas e impuestas, incluyendo a la mexicana en esta última categoría.[1]

Es importante que una Constitución busque los cauces para estar en conexión con la vida social y debe, al mismo tiempo, evitar aquellos factores o circunstancias que la alejen, convirtiéndola en un texto formal, distante, al que las personas no le dan mayor importancia¸ no porque la rechacen sino porque no tiene aplicación en su vida práctica.

De aquí que no resultan de escasa importancia los estudios sobre el nivel de conocimiento que tiene una población de su Constitución.[2] Cuando una sociedad no la conoce se está frente a una debilidad y, normalmente, la causa está en la falta de legitimidad en el proceso o en el contenido constitucional.

Uno de los principales problemas que suelen llevar a esta situación es el llamado hiperreformismo que consiste en la modificación excesiva de la Constitución, sin que medie el tiempo suficiente para que la población interiorice los textos nuevos.

El hiperreformismo tiene que ver, a su vez, con causas variadas, una de ellas es el detallismo de las disposiciones constitucionales. Mientras más reglamentación o detalles incluya un precepto, mayor será la necesidad de modificarlo para adaptarlo a los cambios sociales.

De aquí que la tendencia es hacia tener Constituciones breves cuyo contenido sea más de principios que de reglamentación. En la experiencia comparada es claro que las Constituciones más breves son las más estables y duraderas.

De las 157 constituciones escritas en el mundo, la mexicana se cuenta entre las 7 centenarias. Sin embargo, es llamativo que, a la vez, la nuestra es una Constitución detallista e hiperreformada. Según datos recientes[3] lleva casi 700 reformas. Es decir en promedio 7 por año, más de una por bimestre.

El resultado es una Constitución plagada de cambios, pero que contiene algunos textos obsoletos. Una Constitución longeva pero hiperreformada, un texto que ha perdido orden, claridad y cohesión interna.

El problema sin embargo no es solo de forma, sino lo que esto provoca: una Constitución poco conocida por la población.

Ese es el reto que enfrentamos. Lo que los especialistas han optado por llamar el reordenamiento de nuestra Constitución, es decir, no hacer una nueva Constitución, pero si mejorar la que tenemos, con un doble propósito: darle orden y cohesión interna, así como acomodar su estructura y lenguaje para acercarla a la ciudadanía. Cómo lograr esto, es precisamente el tema sobre el que escribiré en la siguiente entrega.


[1] Cabe señalar que esta calificación la hacía en el contexto de su época, finales del siglo XIX y principios del XX.

[2] http://www.losmexicanos.unam.mx/MexicanosConstitucion/index.html

[3] http://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Reformas_a_la_Constitucion_de_1917

]]>

Archivos
Categorías