#SCJN resolvió hoy dos incidentes inejecución de sentencia de los siete que discutió. El proyecto de resolución del primero de ellos (exp. 1346/2012), estuvo a cargo del #MinPardo. Este asunto derivó del incumplimiento de un pago a una beneficiaria del ISSSTE. La institución alegó que le era imposible efectuar el pago de la pensión a la quejosa, debido a que ésta había fallecido. Según el organismo, la quejosa no designó beneficiarios para recibir su pensión, lo cual justifica el desacato de la sentencia del tribunal que había ordenado se le pagara a la quejosa la pensión que le correspondía por viudez. El proyecto aprobado por unanimidad estipula lo que sigue: 1.- Remitir nuevamente los autos al Juez de Distrito para que este se encargue de la ubicación de herederos o beneficiarios de la quejosa y por ende dé cumplimiento la autoridad a quien legalmente le corresponda. 2.- Dejar abierto ese incidente de inejecución hasta que se informe a la SCJN su cumplimiento. El segundo asunto que se resolvió (exp. 1837/2013), también bajo la ponencia del Ministro Pardo, versaba sobre la destitución de un servidor público de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal quien había interpuesto un amparo. El quejoso, José Eduardo Alba Flores, ya había obtenido una sentencia favorable en la que se ordenaba a dicha secretaría a suspender la sanción, restituirlo en su puesto y pagarle salarios caídos. El proyecto fue aprobado por una mayoría de 9 votos. En él se resolvió: 1.- Pagar al quejoso los salarios caídos y prestaciones de ley a las que tiene derecho. 2.- Remitir los autos al Juez de Distrito para que informe en el momento en que la responsable dé cumplimiento con lo decretado. 3.- NO restituir al quejoso en su puesto, en razón de la reforma al artículo 123 apartado B fracción XIII de la Constitución. Según ésta reforma, en el caso de los cuerpos policiales, aún si se determina una destitución injustificada, el Estado no está obligado a restituir a nadie en su puesto. El voto en contra fue de la #MinLuna quien estimó que se trataba de “cosa juzgada”, pues la reforma que citaban los demás ministros era posterior a la demanda. Lo cual, desde su perspectiva justificaba la reinstalación en su puesto. Finalmente en los siguientes 5 incidentes de inejecución, los ponentes pidieron retirarlos de la lista. La razón de esta petición era que las autoridades responsables de ejecutar las sentencias, habían presentado constancias en los días anteriores para justificar el incumplimiento. Por ello, los ministros ponentes, pidieron se retiraran de la lista para poder analizar las constancias y adecuar los proyectos. Así, quedaron pendientes de resolución los incidentes: 84/2012, 1010/2009, 1816/2013, 1943/2013 y 1899/2013. Aún aparecen en la lista oficial, los primeros dos expedientes, habrá que esperar al jueves para saber si se atienden. De lo contrario la SCJN analizará controversias constitucionales suscitadas entre el Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado de Baja California. Sígannos en #SCJNenVivo para estar al tanto.]]>
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