Sesión 15/02/2016: Acción de Inconstitucionalidad 33/2015

En su sesión ordinaria del 15 de febrero de 2016 el Pleno de la Corte retomó la discusión de la Acción de Inconstitucionalidad 33/2015. La sesión fue encabezada por el ministro María Aguilar.

La Acción de Inconstitucionalidad 33/2015 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dicho asunto se desarrolló bajo la ponencia del ministro Pérez Dayán.

El proyecto expuesto por la ministra ponente comenzó por someter a la consideración del pleno lo relativo al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que versa lo siguiente:

“En la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan”.

La cuestión planteada fue si las consultas se hicieron atendiendo al mandato de la citada Convención respecto de la participación que tuvieron diversas organizaciones civiles promotoras de los derechos de las personas con espectro autístico, para la posterior expedición de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.

Al respecto, el ministro Cossío señaló que la consulta establece, que el mandato de la implicación activa de las organizaciones que representan a las personas con discapacidad que prevé el referido artículo convencional no establece una metodología específica ni una obligación incondicionada para darle cumplimiento, por ende, los Estados cuentan con discrecionalidad para su realización en el orden interno.

El ministro Cossío señaló además que, se debía cuestionar si el Estado Mexicano ha cumplido con el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y determinarse si se ha implicado de forma adecuada y significativa a las organizaciones representativas de las personas con discapacidad en la adopción de decisiones que afecten a estos grupos vulnerables.

En consecuencia el ministro José Ramón Cossío propuso la declaración de invalidez general de la Ley impugnada, por no reunir los requisitos respecto de una consulta obligatoria para el adecuado proceso legislativo.

No obstante, la ministra Beatriz Luna Ramos indicó que “ni en los instrumentos internacionales ni en los instrumentos nacionales tenemos una regulación específica de cómo llegar a hacer estas consultas”, además de indicar que es un extremo decir que las personas con espectro autista participen en la redacción de la iniciativa, ya que para la participación de la redacción de la iniciativa ciudadana se tienen cuestiones perfectamente delimitadas en nuestra legislación.

En la misma línea, desaprobó la acción de invalidar la totalidad de la Ley, indicando lo siguiere: “no podría entender que, bajo el argumento de protección a los derechos de los discapacitados, dejemos sin la ley, –que tanto trabajo les costó que se emitiera– los dejemos sin ella para decir: pues que se analice, a ver si se les ocurre participar y decir alguna cosa, cuando se les dio la oportunidad de presentarse; entonces, la ley ya está, fue un motivo de un esfuerzo bastante considerable”.

Posteriormente el ministro Zaldívar y el ministro Gutiérrez coincidieron en que; la consulta debe ser pública, abierta y previa, y debe realizarse conforme a procedimientos que el propio órgano legislativo establezca en una convocatoria, Además de que se debe informar de manera amplia, accesible, de ser necesario, a partir de un lenguaje sencillo que sea claro para las personas con espectro autista, que tendrá que ajustarse dependiendo del tipo de consulta de que se trate en relación con qué tipo de discapacidad para que posterior a la consulta las personas con esta discapacidad puedan ser representadas por las organizaciones de la sociedad civil.

De modo que el ministro Aguilar señaló que se debían recopilar todas las opiniones para posteriormente poder emitir una votación, aplazando así la votación de la presente Acción de Inconstitucionalidad para la próxima sesión en el pleno

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