Sesión 16/02/2016: Acción de Inconstitucionalidad 33/2015

En su sesión ordinaria del 16 de febrero de 2016 el Pleno de la Corte retomó por segunda vez la discusión de la Acción de Inconstitucionalidad 33/2015. La sesión fue encabezada por el ministro María Aguilar.

La Acción de Inconstitucionalidad 33/2015 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dicho asunto se desarrolló bajo la ponencia del ministro Pérez Dayán, quien mencionó que a pesar de lo expresado por las dos tendencias en el Pleno “suplencia de la queja alcance de este principio y la posibilidad de declarar la invalidez de toda la norma”, conservaría el proyecto como originalmente se ha presentado. Sin embargo, cabe mencionar que en la sesión anterior el ministro ponente aceptó modificar el proyecto en función a los argumentos planteados por el ministro Cossío. La votación respecto de este punto fue de 6 votos a favor de la propuesta modificada del proyecto, quedando así sólo como un antecedente de Ley.

Posteriormente se sometió a discusión el fondo del asunto, teniendo como ejes los siguientes tres puntos jurídicos:

  1. Si los certificados de habilitación previstos en los preceptos 3, fracción III, 10, fracción VI, 16, fracción VI, y 17, fracción VIII, de la Ley combatida, son una forma de discriminación contra las personas que cuentan con la citada condición y si imponen una limitación injustificada al derecho humano de un trabajo digno y socialmente útil, así como la libertad de profesión y oficio.
  2. Si los artículos 6, fracción VII, y 10, fracción XIX, de la Ley ya referida, contemplan un modelo de sustitución en la toma de decisiones en detrimento del reconocimiento, goce o ejercicio del derecho a la personalidad y capacidad jurídica de las personas con la condición del espectro autista.
  3. Si los preceptos 3, fracción IX, y 16, fracción IV, de la Ley impugnada, al prever que la habilitación terapéutica “es un proceso de duración limitada” y que “se exceptúa el servicio de hospitalización” de los servicios médicos que tienen derecho a recibir las personas con la condición del espectro autista, imponen una restricción injustificada al derecho humano a la salud.

Respecto del primer punto el proyecto considera que los certificados de habilitación son una medida legislativa discriminatoria, ya que no hay razones por las cuales sea necesario que las personas con espectro autista requieran de un documento médico que certifique que son aptas para el desempeño laboral y que además de su obtención dependa la protección o prohibición legal de negarles la contratación por motivos de su condición, por lo que se propone declarar la invalidez de los artículos ya mencionados.

En relación a este punto el ministro Cossío expresó no tener elementos para poder emitir una determinación, ya que no hay registros de las consultas que se debieron haber llevado a cabo, insistiendo que su voto es por la invalidez total de la Ley.

Por otra parte la ministra Piña argumentó estar de acuerdo señalando lo siguiente: “Las normas establecen el derecho de las personas con esta condición a solicitar y obtener un certificado de habilitación que haga constar que cuentan con determinadas discapacidades laborales, y establecen la prohibición de negar la contratación laboral a quienes tienen ese certificado”, señalando además que la exhibición de dicho certificado es voluntaria.

A este respecto el ministro Gutiérrez se pronunció a favor del proyecto señalando que los certificados representan una práctica coercitiva y estigmatizante, ya que se incrementan los costos de transacción para un grupo determinado de personas con una condición diferenciada al resto del mercado laboral, pues obliga a las personas a pedir el certificado para poder insertarse en el mercado laboral, a lo que se sumaron el ministro Medina Mora y el ministro Laynez.

En cambio la ministra Beatriz Luna, se manifestó en contra del sentido del proyecto argumentando que, en las medidas integrales y coordinadas para gestionar los trastornos del espectro autista que se establecen por la Organización Mundial de la Salud, en un informe que rinde la Secretaría se señala que existen diversos grados de espectro autista, situaciones desde deficiencias en capacidad intelectual hasta conocimientos superiores a lo normar en determinadas ramas de conocimiento, por lo que indicó estar de acuerdo en la expedición de certificados, pues ello mejoraría las oportunidades de empleo. Apuntando además que los certificados no es algo obligatorio, sino es opcional.

Posteriormente el ministro Franco se pronunció por invalidar la presente porción normativa, con el propósito de proporcionar seguridad jurídica.

Finalmente, el ministro presidente solicitó una votación informativa o preliminar para continuar con la presente discusión la sesión próxima. Existiendo una intención de voto de siete ministros a favor de la propuesta del proyecto.

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