Sesión SCJN 01/06/2015: Figura de acumulación en juicios de amparo

En la sesión del pleno del 1º de Junio de 2015, el pleno de la Corte estudió la Contradicción de Tesis 27/2015 a cargo de @JRCossio donde se analizó la procedencia o no de la figura de la acumulación para juicios de amparo contenida en la #LeyAmparo abrogada.

El proyecto propuso la subsistencia de la figura la acumulación, aún cuando no esté expresa en la  Ley de Amparo vigente, ya que se considera a la acumulación como una figura útil dado que permite al juzgador solucionar los litigios en una sola sentencia, evitando contradicciones. La supletoriedad de esta figura se remite por la vía incidental en los artículos 66 y 67 de la Ley de Amparo vigente, así como en el art. 74 del código federal de procedimientos civiles.

@MargaritaBLunaR expresó que la figura de la acumulación, los supuestos de procedencia y forma de tramitación estaban contenidas en la Ley de Amparo y que en su opinión la supletoriedad debería considerarse a partir del art. 72 al 78 del código federal de procedimientos civiles, para los supuestos de procedencia y tramitación en lo conducente. Sin embargo, está propuesta será emitida a través de un voto concurrente, dado que no se añadió en el proyecto.

El proyecto fue aprobado por unanimidad.

El día de mañana se analizará otra Contradicción de Tesis 12/2015, también a cargo del Ministro Cossío: ¿procede o no el recurso de queja (previsto en la Fracción I, Inciso E, art. 97 de la nueva Ley de Amparo) contra la resolución que desestima la solicitud de acumulación de autos de juicios de amparo indirecto?. Sigue la sesión del pleno #SCJNenVivo

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