Sesión SCJN 05/02/2014: Personas con discapacidad dependiente. Acción de inconstitucionalidad VS Ley Salud en BC.

En la sesión del pleno de la #SCJN del jueves 5 de febrero de 2015 se continuó con el estudio de la acción de inconstitucionalidad 86/2009 interpuesta por la #CNDH contra diversas porciones normativas de la Ley de Salud en Baja California, a cargo de #MinSánchez. La sesión fue presidida por #MinSilva en su carácter de ministro decano y empezó aproximadamente a las 12:20 del día.

En la sesión anterior se habían planteado diversas posturas respecto del proyecto y en esta ocasión el ministro Silva aprovechó para argumentar porqué estaba en contra del planteamiento de la suplencia de queja. Dicho ministro dijo que a pesar de que el congreso local de BC no legisló de manera particular en la materia y no adecuó su normatividad con la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, declarar la invalidez propuesta, extraería una pieza del entramado jurídico que protege a los menores y en nada abonaría a una mayor protección, pudiendo poner en riesgo el principio de progresividad y no regresividad de los #DDHH.

El proyecto si bien obtuvo una mayoría de 6 votos, no logró la mayoría calificada, por lo que la propuesta de la ministra Sánchez se desestimó y se procedió al estudio de los conceptos de invalidez, los cuales estaban contenidos a partir del considerando quinto: el marco jurídico regulatorio, el número y competencia del personal de los Centros de Desarrollo Infantil, y el número de personas que puedan ocupar una Estancia Infantil Familiar. Sin embargo, no hubo un resolutivo de validez de esas normas, sino un resolutivo de desestimación de la acción, por no alcanzar la mayoría calificada correspondiente.

El estudio del considerando sexto merece atención, ya que el proyecto sostuvo que es fundado el segundo concepto de invalidez en el que la CNDH aduce que el artículo 147 de la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California, realiza una discriminación hacia los discapacitados dependientes. La introducción del calificativo “no dependientes” se consideró por el proyecto como inconstitucional e incompatible a la luz del #PrincipioProPersona contenido en los artículos 1º y 4º de la #CPEUM, en los artículos 1°, 4°, 5° y 7° de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como los cardinales I, II y III de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

El sentido del proyecto lo compartieron @JRCossio y el ministro Silva. El primero aduciendo a un tipo de educación más integral en las guarderías para hacer que esta distinción entre “dependientes” y “no dependientes” se dé en razón de lograr las condiciones humanas y físicas para la atención especializada de los menores con diferentes tipos de discapacidad. Por esa misma razón el ministro anotó que las resoluciones del pleno tenían que abonar en la construcción de canales de articulación entre las dependencias encargadas de realizar políticas públicas en materia de salud y el propio Estado en el tenor de cumplir con su responsabilidad de protección de los Derechos Humanos.

Por su parte #MinFranco hizo notar que el concepto que estaba siendo considerando por el proyecto como inconstitucional en realidad era un concepto específico, técnico y que por tanto la legislación no está prohibiendo que niños con discapacidad sean admitidos en las guarderías. Para reforzar su argumento, el ministro señaló que la propia Ley General establece diferentes tipo de guarderías y que para el caso de “discapacidad dependiente” una guardería promedio no cuenta ni con el personal capacitado ni con las condiciones físicas necesarias para el desenvolvimiento del menor. Lo anterior estuvo basado en el concepto de “discapacidad dependiente” retomada por la organización del Teletón: como la limitación que presenta el niño o niña que tiene daño cerebral severo, por lo cual requiere de la ayuda total de un familiar para la alimentación, vestido, comunicación, higiene y traslado. Esta participación fue secundada en términos similares por la ministra @MargaritaBLunaR.

El asunto quedó pendiente para la siguiente sesión, levantando la sesión a las 14 hrs por el ministro presidente en funciones Juan Silva Meza.

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