En su sesión del 6 de enero de 2015 el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estudió 4 casos: 2 contradicciones de tesis y 2 inejecuciones de sentencia.
El primer asunto versó sobre la contradicción de tesis 438/2013 entre la 1ª y la 2ª Sala, a cargo de #MinOrtiz. El asunto estaba relacionado con la capacidad jurídica de los menores de 18 años, pero mayores de 16, para ser titular de derechos y obligaciones. Ambas Salas distinguieron entre la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio, y estimaron que ésta última se adquiere con la mayoría de edad a los 18 años, por lo que la minoría de edad genera restricciones en la capacidad jurídica y no pueden llevar a cabo actos jurídicos por sí mismos. El proyecto planteaba que no existía la contradicción de criterios denunciada pues ninguna de las dos Salas se pronunció sobre un mismo punto de derecho. Hubo varias intervenciones que apuntaban en contra del sentido del proyecto por lo que se decidió dejarlo en lista para la siguiente sesión.
En segundo término se pretendía analizar el art. 199, fracción I del Código de Procedimientos Penales del estado de Morelos, la contradicción de tesis 190/2014, a cargo de #MinZaldívar. El ponente planteó replantear el sentido del proyecto para estudiarlo en otra ocasión.
La primera inejecución de sentencia 1873/2013, a cargo de @JRCossio, trataba sobre restituir la posesión de un predio al quejoso, al cual se le violó su derecho de audiencia y de seguridad jurídica. Sin embargo, ya que actualmente es ocupado por un centro educativo el proyecto del ministro plateaba no devolverle dicho predio ya que se estaría atentado contra el derecho a la educación de quiénes actualmente ocupan el mencionado espacio, se ordenó un sustituto para la sentencia reclamada. Tanto #MinAguilar como @MargaritaBLunaR hicieron acotaciones muy puntuales de formato al proyecto y ambos coincidieron que el caso debía guisarse bajo los términos de la Ley de Amparo vigente, para lo cual formularon votos concurrentes. El proyecto se aprobó por unanimidad.
En la segunda inejecución de sentencia 1/2014, a cargo de #MinSánchez, el quejoso reclamaba el pago de un terreno utilizado para la ampliación de una vía en Ciudad Juárez, el proyecto le determinaba un sustituto de sentencia y se desarrolló en los mismos términos que la primera inejecución, esto a petición de los ministros #MinAguilar y #MinPérez y la ministra @MargaritaBLunaR.
Sin más asuntos por tratar el ministro presidente, Aguilar Morales, levantó la sesión a las 12:45 hrs.
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