Sesión SCJN 09/03/2015: ¿Por qué una denuncia de repetición de acto reclamado queda sin materia?

#SCJN resolvió la contradicción de tesis 337/2013 a cargo de la ponencia del #MinOrtíz, en esta sesión no pudo votar la #MinSánchez por encontrarse en una diligencia. Esta contradicción se originó de la divergencia de criterios entre las salas de la #SCJN al contestar la pregunta: ¿ Cuáles son los elementos que son, a su vez, necesarios y suficientes para concluir que una denuncia de repetición del acto reclamado ha quedado sin materia cuando en el trámite de su resolución la autoridad responsable ha dejado insubsistente el acto denunciado como reiterativo de violación constitucional y ha emitido uno nuevo? Mientras que la primera sala sobre esa cuestión había dicho que la insubsistencia del acto repetitivo y la emisión de un nuevo acto constituye una condición necesaria siendo necesario verificar que el nuevo acto no reitere las violaciones constitucionales por las que se concedió el amparo. Mientras que para la segunda sala estimaba que la insubsistencia del acto denunciado, su sustitución es necesaria y suficiente para justificar la declaratoria sin materia. Este asunto se limitó a discutir las divergencias interpretativas de esta cuestión, en asuntos que se desahogaron con la antigua #LeyAmparo. El proyecto del #MinOrtíz proponía que era necesario que la autoridad responsable dejara sin efectos el acto denunciado como repetitivo de violación constitucional y que la resolución emitida por la autoridad en sustitución no reitere esas mismas violaciones además de que se logre la restitución del quejoso en el goce de sus derechos violentados en los términos por la sentencia de amparo que protegió al quejoso. Esta propuesta según el ponente maximizaba el efecto protector de una sentencia constitucional, mientras que el criterio alternativo(cercano al de la 2ª sala de la #SCJN) postergaba la máxima eficacia de los #DDHH al permitir a la autoridad evitar la revisión judicial del cumplimiento de la sentencia sustituyendo la resolución denunciada. Con 5 votos en contra, el proyecto del #MinOrtíz fue desechado y returnado.]]>

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