En la sesión del pleno de la Corte del 15 de Junio se estudiaron tres asuntos: la Acción de Inconstitucionalidad 5/2015 a cargo de #MinPardo, el Incidente de Incumplimiento Sustituto derivado de la Controversia Constitucional 37/2012 a cargo de #MinZaldívar y la Acción de Inconstitucionalidad 3/2014 a cargo de #MinPérez.
En el primer asunto, el Partido Humanista impugnó el art. 30, fracciones I y II del Código Electoral de Hidalgo, el cual regula el esquema de asignación del financiamiento público.
El proyecto declaró la invalidez de dicho artículo por considerarlo contrario a lo dispuesto en los artículos 41, Base II y 116, Base IV, inciso g), ambos de la #CPEUM, así como de los artículos 51 y 52 de la Ley General de Partidos Políticos. Lo anterior con base en el art. 116, fracción IV, inciso g), constitucional que establece que el régimen relativo a las elecciones locales se legislará de conformidad con las bases establecidas en la propia Constitución Federal y en las leyes generales en la materia.
En el segundo asunto, se declaró la inexistencia del incumplimiento a la sentencia de la Controversia Constitucional 37/2012.
Para concluir #MinPérez presentó los primeros considerandos de trámite del asunto que le toca exponer, el cual fue listado por primera vez el 23 de Junio de 2014 y discutido el 21 de Octubre de 2014.
El titular de la PGR impugnó el art. 111 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla y el sentido del proyecto consiste en declarar la invalidez de dicho precepto. Con este asunto la Corte comienza la sesión plenaria #SCJNenVivo.
El segundo asunto en lista es la Acción de Inconstitucionalidad 9/2014 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 133 quinquies del Código Penal del Estado de Michoacán, a cargo de #MinFranco.
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