#SCJN se continuó con la votación de los considerandos en los que se contenían los conceptos de invalidez hechos valer por la #CNDH y la #CDHDF en contra de la “Ley de ejecuciones de sanciones penales y reinserción social para el DF” en la acción de inconstitucionalidad 16/2011 y su acumulada 18/2011. Durante esta sesión el intercambio de argumentos cedió terreno a la votaciones artículo por artículo que se realizó. La ministra ponente de este proyecto, #MinSánchez, inicio la sesión expresando que había realizado varios ajustes a su proyecto, para ser congruente con lo ya votado, por lo que proponía la inconstitucionalidad de aquellos preceptos que hicieran referencia a tratamientos psicológicos como parte del tratamiento técnico progresivo, utilizado para otorgar beneficios a quien se encontrase purgando una pena en prisión. Los resultados de las votaciones fueron los siguientes: -Empate a 5 votos sobre constitucionalidad del Art.31. En consecuencia se desestimó esta parte del proyecto. -Mayoría de 7 votos por reconocer la validez del Art.33. Se concluyó que este artículo sí es constitucional. -Empate a 5 votos sobe la const. del art.35 fracciones 3ª y 5ª así como de su último párrafo. Se desestimó. -Empate a 5 votos por validez del art.37 Fracción 2ª.Se desestimó. -Empate a 5 votos sobre const. de Art.43. Se desestimó. -Mayoría de 7 votos por la validéz del Art.65. Es constitucional este artículo. -Mayoría de 6 votos a favor de invalidéz del Art.66. Se desestimó por no alcanzar mayoría calificada(que es de 7) -Se reconoció la validez con 8 votos de cierta porción del Art.81. -Por la invalidez total del art.82 hubo mayoría de 6 votos y por la invalidez de solo la fracción 2ª empate a 5 votos. -Mayoría de 6 votos por la constitucionalidad del Art.85. Se desestimó. -Mayoría de 6 votos por la constitucionalidad del Art.86. -Hubo mayoría de 6 votos por la validez de los arts. 87,88 y 89. -Hubo unanimidad de 10 votos para reconocer la constitucionalidad del artículo 94. -También hubo unanimidad por la constitucionalidad de los artículos 95 y 97, incisos a) y b),fracción V. -Hubo mayoría de 6 votos para reconocer la constitucionalidad de los artículos 109 y 110. -Con una mayoría de 8 votos se reconoció la validez de cierta porción del artículo 111(referente a psiquiatría) y la porción normativa de este artículo referente a la psicología solo obtuvo 6 votos a favor de su validez. Después de esta votación el #MinAguilar levantó la sesión, se continuará con este asunto durante la próxima sesión.]]>
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