Sesión SCJN 19/06/14: Acción de Inconstitucionalidad 21/2013

Hoy, el Pleno de la #SCJN inició el estudio de la Acción de Inconstitucionalidad 21/2013 promovida por la #CNDH donde se impugna el art. 26 de la Ley que Regula la Ejecución de Sanciones Penales, el art. 161 del Código Procesal Penal y el art. 275 del Código de Procedimientos Penales, todos del estado de @nuevoleón.

Estos reglamentos comprenden delitos en materia de #delincuenciaorganizada, secuestro y #tratadepersonas.

¿Qué impugnó la CNDH?

1.- Restricción de comunicaciones para imputados.

2.- Prueba única de ADN para testigos.

3.- #Prisiónpreventiva y medidas cautelares.

4.- Facultad del Congreso local para legislar en materia de delincuencia organizada.

Según la CNDH los preceptos impugnados violan los arts. 1, 14, 16, 18, 19, 20 y 73 de la #CPEUM y están alejados de la razonabilidad.

¿Qué derechos estima violados la CNDH?

Derecho a la libertad personal, derecho a la intimidad, principio #propersona, seguridad jurídica y legalidad, derecho a la reinserción social, presunción de inocencia, debido proceso e invasión de competencia federal.

El proyecto está bajo la ponencia del #MinZaldívar. El ministro sometió, como primer tema para discusión, la competencia del Congreso en materia de delincuencia organizada; señaló infundado el concepto de invalidez. Externó que, como ya se había resuelto en asuntos anteriores,  las autoridades del fuero común podían conocer de delitos federales. Finalmente, añadió que la Ley de Delincuencia Organizada permite a los poderes estatales legislar sobre esta materia.

Por otro lado @JRCossío se pronunció a favor del sentido del proyecto, sin embargo no está de acuerdo con el tratamiento que se le está dando. Argumentó que la Ley de Delincuencia Organizada citada en el proyecto es una ley federal mas no general, además consideró que no se debe dar tratamiento diferenciado al secuestro y a la trata de personas.

Para #MinValls los artículos deben ser invalidados porque ninguno compete a legislaturas locales, advirtió que las normas en cuestión están regulando indirectamente supuestos de delincuencia organizada que no es competencia estatal.

#MinOrtíz apoyo la inconstitucionalidad de los artículos impugnados reiterando que la delincuencia organizada es exclusivamente materia federal y el estado de Nuevo León no está facultado para legislar sobre esta.

#MinSánchez se sumó a la inconstitucionalidad de los preceptos impugnados argumentando que la delincuencia organizada es materia federal, y debido a la naturaleza del pacto federal las normas no pueden ser competenciales.

Finalmente #MinValls solicitó al Pleno retomar el asunto la próxima sesión para estudiarlo más y sesionar en definitiva, no habiendo objeción por ningún ministro, #MinSilva levantó la sesión.

Primer tema sobre la competencia local queda pendiente y seguirá en discusión por el Pleno de la SCJN.

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