Hoy, el Pleno de la #SCJN continuó el análisis de la acción de inconstitucionalidad 40/2013 y su acumulada 5/2014 promovidas por diversos senadores y diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura Federal, en estas acciones se pide invalidar diversos aspectos de la #ReformaFiscal.
Recordemos que el proyecto considera declarar la constitucionalidad del incremento al 16% en zonas fronterizas, es decir, validar la decisión legislativa de homologar el impuesto en toda la República Mexicana.
Desde la sesión pasada la mayoría de los ministros coincidieron en avalar este incremento.
En esta sesión @JRCossio fue el primero en exponer sus argumentos, señalando que difería de la manera en que el proyecto sintetizó algunos aspectos de la demanda. Uno de los puntos principales de disenso era que algunos conceptos expuestos en el proyecto tenían validez fáctica y no normativa. Añadió que lo que se estaba impugnado era la razonabilidad de la tasa, partiendo de esto, dijo que el Pleno tenía que analizar entonces si efectivamente se generó una violación o no. Respecto de los preceptos impugnados reiteraba su postura en cuanto a la validez de éstos.
Para el #MinPardo no era necesario entrar en el análisis de las adecuaciones tributarias ya que no era competencia del Pleno, esto le correspondía al legislador, de lo contrario el primer aspecto que tendría que analizarse sería si la norma en cuestión resulta restrictiva de un derecho, lo que orillaría al Pleno a precisar los alcances de este derecho. Agregó que si la norma impugnada no violaba el principio de equidad tributaria entonces no había necesidad de un análisis de razones. Reiteró que la #SCJN no es la vía adecuada para impugnar ésta medida.
El #MinZaldívar habló de la ayuda que éste tipo de asuntos ofrece para replantear criterios en materia tributaria, estimó que en un régimen constitucional las normas generales están sujetas a un control constitucional, sin embargo también es cierto -explicó- que el tipo de escrutinio de temas no es igual, sino que puede variar por el tipo de afectación. Añadió que el legislador está obligado a fundamentar sus acciones y que la obligación de la Suprema Corte es hacer un escrutinio de estas normas, en esos casos el escrutinio que debe hacerse es un escrutinio laxo, si no hay incidencia en un derecho el análisis debe ceñirse a:
“En principio debemos aceptar la explicación que da el legislador, si tiene apariencia de ser lógica y razonable. Quizá este tipo de temas se resuelvan en las urnas y no en el tribunal, por lo que estoy a favor del proyecto y por la validez de la norma” señaló.
Por otro lado el #MinPérez manifestó que en este caso al estar la seguridad jurídica en riesgo, era obligación del Pleno valorar las razones legislativas.
Por su parte el #MinAguilar precisó que no se estaba hablando de la violación de un derecho, pues no se estaba afectando un derecho de manera indebida o inconstitucional.
Finalmente el #MinSilva solicitó levantar la sesión para continuar el día jueves no sin antes mencionar que compartía el sentido del proyecto.
Además del #IVAFronterizo, quedan más temas pendientes como la tasa diferenciada del #ISR, el tope de deducciones y la eliminación del régimen de pequeños contribuyentes. Se prevé que esta discusión continúe su desarrollo durante la próxima semana.
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