Sesión SCJN: 23/07/2014 Acciones de inconstitcionalidad vs códigos electorales de los estados

Tres fueron las acciones de inconstitucionalidad estudiadas por la #SCJN en la sesión del 23 de septiembre del 2014: La primera de ellas 36/2014 y sus acumuladas 87 y 89 /2014 promovidas por diversos diputados de la Sexagésima primera legislatura del estado de Tabasco del #PRI y #PAN, ponencia a cargo del #MinPérez.  La segunda 58/2014 promovida por #PAN, ponencia a cargo del #MinValls y explicada por la Ministra @MargaritaBLunaR, respecto al estado de Michoacán. La última 42/2014 y sus acumuladas 55, 61 y 71 /2014, ponencia a cargo del #MinAguilar.

Para el estado de Tabasco, se reconoce la validez de los procesos legislativos que dieron origen a los decretos 117 y 118. Con 6 votos a favor se apoyó la invalidez del art. 261 frac. III del código electoral de Tabasco en el tema de coligados y coalición, a lo que el  #MinPardo estuvo en desacuerdo ya que estaba a favor de que se contarán los votos para el candidato de la coalición y también a favor de la distribución de votos. Por su parte el Ministro @JRCossio señalo que el tema de coaliciones no es una competencia de los estados, sino del Congreso de la Unión.

En la ponencia explicada por la ministra Luna Ramos en cuanto al escrutinio de los votos, estos se se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos, en ningún caso se podrán transferir o distribuir mediante convenio de coalición para el estado de Baja California Sur.

En la ponencia a cargo del Ministro Aguilar, se plantearon 18 conceptos de invalidez, con referencia a los art. 41 y 116 de la #CPEUM. Entre lo más relevante se proponía que los partidos coligados se sujetarán al límite de los gastos de campaña como si fueran un solo partido, de esta manera se tendrá que señalar la aportación de cada uno de los partidos coligados para el caso de Michoacán.

Quedó pendiente, después de un amplio debate, la cuestión de permitir, o no, participar a un candidato independiente si éste no entregó sus informes de gastos de campaña. Algunos ministros lo consideran violatorio al derecho a ser votado, pero para el Ministro Pérez  la sanción es considerable  para el candidato después de haber incurrido en una falta administrativa.

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