#SCJN estudió tres contradicciones de tesis, las primera a cargo de la ponencia del ministro @JRcossio, la segunda realizada por el #MinAguilar y la tercera bajo la ponencia de la #MinSánchez. Las dos primeras contradicciones de tesis enlistadas, la 454/2013 y la 397/2013. Fueron desechadas, los proyectos para resolver ambas, realizadas por el ministro José Ramón Cossío y Luís María Aguilar, consideraban que no existía contradicción en ninguno de los asuntos, tanto las cuestiones procesales y de fondo propuestas por los proyectos fueron aprobadas unánimemente, con algunas reservas y votos en contra de ciertas consideraciones de parte de algunos ministros. El proyecto para resolver la tercera contradicción de tesis la 248/2014, fue elaborado por la Ministra Olga Sánchez Cordero, el origen de este asunto era la discordancia de criterios entre el segundo tribunal colegiado en material penal del sexto circuito y el tercer tribunal colegiado del vigésimo circuito, sobre el plazo aplicable para poder presentar un amparo indirecto en contra de algún autos de formal prisión, plazo que en el artículo 17 de la ley de amparo es de 15 días. La ministra propone que debe de desaplicarse el plazo de 15 días en tanto que significa una restricción desproporcionada al derecho humano del acceso a la justicia, ya que en la anterior ley de amparo no existía plazo alguno para presentar este tipo de juicios de amparo. Las cuestiones procesales fueron aprobadas de forma económica. Los ministros Cossío, Pérez y Zaldívar se manifestaron a favor del sentido del proyecto, mientras que el #MinPardo dijo estar en contra, para no entorpecer la discusión debido a que la sesión estaba pronta a terminar,#MinSilva levantó la sesión.]]>
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