Transformaciones en la justicia electoral mexicana. Por: @IvanGGarate.

Hace un mes entraron en vigor nuevas leyes electorales en el país. Estas nuevas disposiciones regularán el proceso de elección federal y los procesos electorales locales del próximo año (que suman un total de diecisiete). Dentro de ese paquete de nuevas leyes e instituciones electorales se modificó también la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) para transformar la integración y estructura de la justicia electoral. Estas disposiciones pasaron un tanto desapercibidas por centrarse el debate respecto del haber de retiro para los magistrados de la Sala Superior del TEPJF aprobado también en este proceso legislativo. Sin embargo, estos cambios no son un tema menor en el desarrollo de la jurisdicción política de este país.

Estas transformaciones se refieren básicamente a la creación de dos nuevas salas regionales y de una sala regional especializada. Esto quiere decir que el Tribunal Electoral se integrará ahora con una Sala Superior, siete salas regionales y una Sala Regional especializada. Las dos salas regionales que se crean con motivo de esta reforma a la LOPJF, deberán iniciar actividades en el mes de septiembre de 2017 por lo que todavía quedan tres años para que se decida su sede y su integración.

La Sala Regional Especializada como su nombre lo indica se distingue de las otras siete salas por las facultades “especiales” que tiene a su cargo. Esta Sala Regional Especializada se avocará al conocimiento de casos relacionados con los procedimientos especiales sancionadores previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (arts. 470 – 476 LGIPE). Estos procedimientos se refieren particularmente al uso y tiempos distribuidos por el INE en medios de comunicación, los gastos de campaña, los contenidos de la propaganda electoral o el uso de la comunicación social gubernamental para el apoyo a un candidato con recursos públicos. La importancia de las decisiones de esta Sala y así como su protagonismo político habrán de considerarse en las elecciones de 2015 y siguientes.

La Sala Regional Especializada deberá entrar en funcionamiento antes del inicio del proceso electoral 2014 – 2015, esto es en septiembre de 2014. Para ello, el Senado deberá designar a los magistrados integrantes de la Sala Especializada por dos terceras partes de entre las ternas que enviará a tal efecto la SCJN. El día de hoy 25 de junio se publican en el Diario Oficial de la Federación los nombres de las y los candidatos que habrán de comparecer ante el Pleno de la SCJN el lunes 30 de junio para que ésta decida la integración final de las ternas que serán propuestas al Senado y que deberán ser votadas durante el mes de septiembre.

Este no fue el único cambio en la jurisdicción electoral del país. Con la reforma constitucional en materia política electoral también se modificó el artículo 116 de la Constitución para reconfigurar la naturaleza y designación de las autoridades electorales jurisdiccionales de los estados. Los magistrados de estos órganos serán designados por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores pero a diferencia de los magistrados de las Salas del TEPJF, no serán propuestos por la SCJN sino que la junta de coordinación política del Senado emitirá una convocatoria para dichas designaciones. De acuerdo con los transitorios de la reforma el Senado deberá llevar a cabo “los procedimientos para que el nombramiento de los magistrados electorales se verifique con antelación al inicio del siguiente proceso electoral local posterior a la entrada en vigor” del decreto de reforma que fue publicado en febrero de 2014. Por lo tanto, la designación de magistrados electorales de los órganos jurisdiccionales de los estados en donde haya elecciones en 2015 tendrá que hacerse antes de la primera semana de octubre.

Lo interesante en este caso es la naturaleza de estos órganos pues aunque son órganos jurisdiccionales, la LGPIE determina que no estarán adscritos a los poderes judiciales de las entidades federativas. Esta des-adscripción de un órgano jurisdiccional electoral del Poder Judicial resulta compleja y remitimos al artículo de @SandorHdz para un análisis sobre el tema.

Esta composición de la justicia electoral (con excepción de las dos Salas Regionales que habrán de integrarse en 2017) deberá estar definida en octubre de 2014. Veremos qué tal enfrenta esta nueva jurisdicción política el proceso electoral de 2015.

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