MICSELÁNEA PENAL CAMACHO: REGRESIÓN Y ARBITRARIEDAD

Bertha Alcalde

Recientemente se presento en la Cámara de Diputados una propuesta de reforma al Código Nacional de Procedimientos penales que pone en riesgo el futuro del sistema penal acusatorio. La reforma viene ya planchada por el poder ejecutivo y fue presentada el 14 de febrero de 2017 ni más ni menos que por Cesar Camacho, quién fue uno de los actores más relevantes de la reforma constitucional de 2008 y se a jactado de ser quién apoya las propuestas de la sociedad civil organizada.

Estas son solo algunas de las propuestas preocupantes que incluye la iniciativa:

  1. Se propone admitir en juicio las declaraciones de la policía sobre información recabada de un tercero como prueba de referencia. Se admitiría por ejemplo el testimonio del policía sobre “lo que haya escuchado que dijo el imputado o un testigo”. Este artículo es peligrosísimo, permite que la información en el juicio la reciba el juez por testimonio de la policía, lo cual va en contra del principio de inmediación y significa darle incentivos a la policía para torturar y fabricar testigos ( 262 Bis).
  2. Se propone aumentar el catálogo de delitos de prisión preventiva de oficio, lo que es abiertamente contrario a todas las recomendaciones en el ámbito internacional (artículo 167).
  3. Se propone generalizar la retención por parte del ministerio público en el plazo de 48 horas a todos los casos excepto aquellos en que se detenga por un delito que no tiene pena privativa de libertad (los cuales son mínimos), incluso cuando el MP no va a pedir presión preventiva. Esto implica que prácticamente todos los detenidos por flagrancia tendrían que pasar 48 horas privados de su libertad antes de ser presentados ante un juez (artículo 140).
  4. Se contempla la posibilidad de exigirle al imputado una garantía económica para garantizar la reparación del daño antes incluso de la vinculación a proceso. Esto significa regresar a la libertad provisional bajo caución ante MP, es decir, regresar a usar la prisión por deudas (art. 138).
  5. Se establece que no podrá evocarse la duda razonable ante la ausencia de pruebas que justifiquen la existencia de una duda. Este artículo va en contra de la presunción de inocencia ya que invierte la carga de la prueba al imputado (artículo 359).

Son muchos los cambios que propone dicha iniciativa, como podemos ver varios de ellos implican una regresión al sistema inquisitivo que nos ha costado tantos recursos y tiempo intentar dejar atrás, y otros implementan normas aún más autoritarias. Se trata de una clara regresión disfrazada de efectividad que olvida que el Código Nacional se aplica tanto a nivel federal como local y no es una Ley de Delincuencia Organizada.

Es necesario transitar de las propuestas autoritarias de este tipo, a iniciativas modernas que ataquen los problemas de fondo como la que se está discutiendo actualmente en el Senado. Dicha iniciativa incluye entre otras cosas la eliminación del arraigo, la vinculación a proceso y prisión preventiva de oficio y el reacomodo de facultades para procesar delitos de delincuencia organizada.

Juzgue por usted mismo:

Iniciativa de Reforma al CNPP presentada por los diputados Cesar Camacho y

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2017/feb/20170209-VI.html#Iniciativa1

Iniciativa de Reforma Constitucional presentada por diversos diputados en el Senado

http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=2&sm=2&id=68239

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